Contacto: 226996168 ~ Dirección: Calle General Bulnes #463 Santiago, Chile. ~ Horario: Lunes a Viernes de 07:30 a 18:30 hrs contacto@jardininfantilkimn.cl

REGLAMENTO INTERNO JARDÍN INFANTIL 2023

ANEXO I

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A LA DETECCIÓN DE SITUACIONES DE VULNERACIÓN DE DERECHOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS

INDICE PÁGINAS
I.OBJETIVO 3
II.APLICACION DEL PROTOCOLO 3
II.1 RECEPCION 3
II.2 ENTREVISTA 3
III. ACTIVACION DEL PROTOCOLO 3
IV.- ADOPCION DE MEDIDAS ADICIONALES 4


I.- OBJETIVO

La sala cuna y Escuela de párvulos KIMN tiene la responsabilidad de velar por la protección y el cuidado de sus estudiantes.

La vulneración de derechos puede presentarse en cualquier tipo de familia, estrato social o establecimiento educacional, entre estos podemos encontrar gritos, abandono, falta de cuidados higiénicos, inasistencia a clases reiteradas y sin justificación, descuido en temas de salud, entre otros. En este sentido, debemos estar preparados e informados como comunidad educativa sobre los
procedimientos que se deben llevar a cabo, y así, resguardar a niños y niñas y actuar de la mejor forma posible.

II.- APLICACIÓN DEL PROTOCOLO
Este documento nos permite actuar de forma organizada para resguardar a niños y niñas, ya que, la detección de alguna de estas situaciones puede ser realizada por cualquier integrante de la comunidad, el cual debe ser conocido por estos.

II.1 RECEPCIÓN: Todo integrante escolar de nuestra comunidad educativa tiene el deber de informar, si está ocurriendo un hecho de vulneración, a encargada de convivencia escolar, para posteriormente entregar dicha información a directora del establecimiento. Es importante resguardar la intimidad del párvulo/a afectado.

II.2 ENTREVISTA: En un plazo de dos días, se debe realizar una reunión entre la encargada de convivencia escolar y la persona que entrego la información para poder adquirir más antecedentes y estructurar la situación.

III.- ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO:
A. Una vez recepcionado los antecedentes, la encargada de convivencia escolar debe abrir un expediente, donde dejará registro de toda la información.

Incluyendo datos del niño o niña (nombres, Rut, edad, dirección, nombre del apoderado y teléfono de contacto), fecha, nombre y firma de quien proporcionó la información.

B. Se deja en conocimiento a dirección con respecto a la situación e información ya reunida.

C. Se tomarán medidas inmediatas de resguardo y contención permanente mientras permanezca en el establecimiento el o la afectada.

D. Se solicitará a padre o apoderado que se presente en el establecimiento para darle conocimiento de lo ocurrido (salvo si se valora que dicha información pone en riesgo la integridad del niño o niña). Si el apoderado o adulto protector no se presenta a dicha citación, el caso será denunciado dentro del plazo de 24 hrs establecido por ley.

ANEXO 1

E. Al estar frente a un caso de vulneración de derechos se tomarán acuerdos para mejorar la situación dando un plazo acorde a la necesidad de mejora requerida. Se registrará la firma del apoderado frente a los compromisos establecidos.

F. Cumpliéndose los plazos acordados se evaluará la situación del niño o niña, encargada de convivencia escolar o la Dirección denunciarán los hechos a la entidad respectiva: Oficina de Protección de derechos de Infancia (OPD),
Tribunal de familia, Centro de atención primaria, Otros de importancia para la comunidad.

IV.- ADOPCION DE MEDIDAS ADICIONALES.
Finalmente, con la intención de prevenir cualquier situación de vulneración infantil se establecen las siguientes medidas:

A. Educadoras y/o asistentes de la educación realizarán entrevistas semestrales con sus apoderados, que constituye una herramienta importante para consignar información relevante sobre la progresión de los cambios notorios de un estudiante de tipo conductual.

B. Se solicitará a todos los funcionarios de la comunidad educativa el papel de antecedentes como parte de la documentación para elaborar su contrato.

C. Las personas ajenas al establecimiento que ingresen deberán registrase presentando su cédula de identidad.

D. Los apoderados que tengan reuniones o entrevistas serán recibidos y anunciados debiendo esperar su atención en Dirección hasta ser atendidos, quedando prohibido ingresar al área de trabajo escolar cuando haya alumnos en sus aulas.

ANEXO II

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A HECHOS DE MALTRATO INFANTIL Y ABUSO SEXUAL

INDICE PÁGINA
I. OBJETIVOS 3
II. MALTRATO INFANTIL 3
 II.1 MALTRATO FISICO 3
 II.2 MALTRATO EMOCIONAL O PSICOLÓGICO 4
 II.3 NEGLIGENCIA 4
 II.4 ABANDONO EMOCIONAL 4
 II.5 ABUSO SEXUAL 4
III. INDICADORES DE SOSPECHA 4
IV. ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO 5
 IV.1 PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO
DE SOSPECHA
6
 IV.2 PROCEDIMIENTO ANTE
ANTECEDENTES FUNDADOS
6
V. RESUMEN PROCEDIMENTAL ANTE MALTRATO INFANTIL 7

 

I.- OBJETIVOS
Este protocolo tiene como objetivo determinar criterios y procedimientos a seguir para un abordaje oportuno, pertinente y coordinado frente a hechos de maltratoinfantil, connotación o agresiones sexuales que afecten a niñas y niños que asisten
a nuestro establecimiento.

Nuestro deber y compromiso es resguardar su protección y bienestar de cada niño y niña, como también determinar criterios y procedimientos a seguir en nuestra comunidad educativa, y entregarlos a los organismos competentes en caso de una
derivación.

Este documento debe ser conocido por todos los miembros de la comunidad educativa, particularmente por las familias, las que deben comprometerse a su cumplimiento desde el momento de la matricula en nuestro establecimiento
educativo.

Antes de comenzar a visualizar nuestro protocolo, debemos tener en claro de que estamos hablando junto con algunos conceptos:

II.- MALTRATO INFANTIL:
Se entiende como todos aquellos actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el entorno familiar o social, que se cometen en contra de niños, niñas yadolescentes de manera habitual u ocasional. El maltrato puede ser ejecutado poromisión (entendida como falta de atención y apoyo de parte del adulto ante lasnecesidades y requerimientos del niño o niña, siendo en alimentación, salud,protección física, estimulación, interacción social u otro), supresión (que son lasdiversas formas en que sele niega al niño y niña el ejercicio y goce de sus derechos:

por ejemplo, impedirles que juegue o que tenga amigos, no enviarlo a la escuela,etc.)o transgresión(entendida como todas aquellas acciones o conductas hostiles,rechazantes o destructivas hacia los menores, tales como los malos tratos físicos, agresiones emocionales, entre otros)de los derechos individuales y colectivos e incluye el abandono completo y parcial.

Dentro de este concepto se establecen distintas categorías:

II.1 Maltrato físico: cualquier acción no accidental por parte de cuidadores, madres o padres, que provoque daño físico o enfermedad en el niño, niña o adolescente, o signifique un grave riesgo de padecerlo. Puede tratarse de un castigo único o repetido y su magnitud es variable (grave, menos grave o leve). Tanto las características de las personas como las circunstancias del hecho son criterios que permiten establecer la mayor o menor gravedad de

Anexo 2

las lesiones, considerando, por ejemplo, la edad de los involucrados, la existencia de vinculo de parentesco o subordinación entre víctima y agresor, así como, si la agresión ocurrió como defensa propia, o fue cometida en complicidad con más agresores, etc.

II.2 Maltrato emocional o psicológico: Se trata de hostigamiento verbal habitualpor medio de insultos, criticas, descréditos, ridiculizaciones, así como la indiferencia y el rechazo explícito o implícito hacia el niño, niña o adolescente.

Se incluye también en esta categoría, aterrorizarlo, ignorarlo o corromperlo.

Ser testigo de violencia entre los miembros de la familia es otra forma de maltrato emocional o psicológico.

II.3 Negligencia: Se refiere a la falta de protección y cuidado mínimo por parte de quienes tienen el deber de hacerlo. Existe negligencia cuando los responsables del cuidado y educación de niños y niñas y adolescentes no atienden ni satisfacen sus necesidades básicas, sean estas físicas, sociales, psicológicas o intelectuales.

II.4 Abandono emocional: Es la falta persistente de respuesta a las señales (llanto, sonrisa), expresiones emocionales y/o conductas de los niños y niñas y adolescentes que buscan proximidad y contacto afectivo, así como la falta de iniciativa de interacción y contacto, por parte de una figura adulta estable.

II.5 Abuso Sexual: Esta es una forma grave de maltrato infantil, implica la imposición a un niño, niña de una actividad sexualizada. El abuso se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la seducción, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza, el afecto o cualquier otra forma de presión o manipulación psicológica. El abuso sexual involucra cualquier conducta de tipo sexual que se realice con un niño o niña.

III.- INDICADORES DE SOSPECHA:
La persona adulta detecta una situación de maltrato y/o abuso cuando se produce al menos una de las siguientes situaciones:

• Un tercero (algún compañero del niño, niña o adolescente afectado) le cuenta que está siendo o ha sido víctima de maltrato, abuso u otra situación abusiva.

• La o el adulto nota señales que le indican que algo está sucediendo con un niño, niña o adolescente en particular, es decir, identifica conductas que no evidenciaba anteriormente o nota un cambio en su comportamiento, en sus hábitos o formas de relacionarse con los demás.

Entre estas señales es importante prestar atención a lo siguiente:
• Cambios bruscos de conducta: aislamiento, baja de ánimo.

Anexo 2

• Brusco descenso de notas, repentina desmotivación por los estudios, y/o actividades de su interés (deporte, banda musical, talleres)
• Lesiones físicas reiteradas y/o que no sean comúnmente atribuibles a actividades
habituales a su edad y etapa de desarrollo.
• Miedo o rechazo a volver a su hogar.
• Miedo o rechazo a asistir al establecimiento educacional o a estar en lugares específicos de este.
• Conductas sexualizadas.

Son considerados antecedentes fundados de maltrato o abuso sexual infantil cuando:

• El niño o niña llego con lesiones atribuibles a una agresión.
• El propio niño o niña relata que ha sido agredido.
• La agresión fue presenciada por un tercero.
• Un tercero entrego información al colegio sobre el maltrato o abuso sexual del cual fue víctima el niño o niña.

IV.- ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO

Nuestro establecimiento deberá actuar oportunamente frente a situaciones de maltrato y abuso sexual infantil.

No es función de los profesionales de la educación investigar o diagnosticar estas situaciones, pero si estar alertas y actuar oportunamente, derivando a centros especializados y/o efectuando la denuncia correspondiente.

En todos los casos resulta fundamental que el adulto que recibe la información no asuma el compromiso de guardarla en secreto, dado que necesariamente deberá actuar para detener, derivar y/o denunciar el caso, aunque si debe asumir el compromiso de manejarla con reserva y con criterio, compartiéndola solo con la o las personas que podrán colaborar para resolver la situación.

Ante la certeza o sospecha de una situación de maltrato o abuso sexual infantil, se debe:

a. Informar inmediatamente a encargada de convivencia escolar y a directora del establecimiento remitiendo los antecedentes que funden sus sospechas o certeza.

b. Dejar respaldo escrito de dicha denuncia.

c. El responsable de llevar a cabo este protocolo es la encargada de convivencia
escolar o un miembro del equipo de convivencia que se designe.

d. Una vez reunidos los antecedentes, el encargado de convivencia escolar
resolverá si la situación es considerada una sospecha o existen antecedentes
fundados en el más breve plazo posible y lo informará la Dirección.

Anexo 2

IV.1 PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE SOSPECHA.
En caso de que sea una sospecha, la encargada de convivencia escolar procederá de la siguiente forma:
Si el sospechoso/a es una persona externa al establecimiento, ya sea, si ocurren en el hogar u otro lugar, por familiares o personas cercanas al niño/a, la encargada de convivencia escolar deberá:

a. Buscar y citar a un adulto protector que pueda apoyar al niño, niña, a quien
se le informara la sospecha y los pasos a seguir.

b. Es fundamental que no se aborde a él o los posibles agresores, dado que ello obstruye la investigación y puede provocar que la familia cambie de domicilio y /o establecimiento, con lo que aumenta el riesgo y se produce una doble victimización y daño.

c. Se debe hacer una derivación externa, ya se, a centros de salud, red de apoyo, local o comunal, etc.

d. Se realizará seguimiento del caso en entrevistándose con el adulto a cargo y con las instituciones a las cuales fueron derivados el caso para conocer los resultados de la intervención.

Si el sospechoso/a es una persona que se desempeña en el establecimiento:

a. Se informará a la familia respecto de los antecedentes y de los pasos a seguir.

b. Se tomarán medidas para evitar de, manera efectiva todo tipo de contacto entre el presunto agresor y el niño, niña afectada mientras dure la investigación y se establezcan responsabilidades. Esta medida tiende no solo a proteger a los niños o niñas, sino también la denunciado en tanto no se clarifiquen los hechos y se, mantendrá durante todo el proceso el principio de
inocencia.

c. Se realizará seguimiento del caso entrevistándose con el adulto a cargo y con las instituciones donde se realizó la denuncia para conocer resultados de la investigación.

d. En caso de no ser efectiva la acusación se implementará un comunicado informativo sobre lo sucedido pidiendo disculpas y exigir respeto por la honra de la persona afectada, quien queda en libertad de iniciar acciones legales.

IV.2 PROCEDIMIENTO ANTE ANTECEDENTES FUNDADOS

En caso de que se cuente con antecedentes fundados de maltrato o abuso sexual infantil, la encargada de convivencia escolar procederá de la siguiente forma:

a. Si quien vulnera los derechos del niño o niña es un miembro de la familia o vive con el niño: Deberá buscar y citar a un adulto protector que pueda apoyar al niño o niña, a quien se le informará la situación y que el

Anexo 2

establecimiento pondrá los antecedentes a disposición de la justicia dentro de las primeras 24 hrs.

b. Si quien vulnera los derechos del niño o niña es una persona que se desempeña en el establecimiento: Informará a la familia respecto de los antecedentes y de los pasos a seguir y Denunciar a la justicia.

c. Si como resultado de la revisión de los antecedentes el sospechoso resulta ser culpable de maltrato o abuso sexual infantil, se aplicarán las siguientes medidas:

• Si es un funcionario del establecimiento, será desvinculado de la institución.

• Si es un apoderado, independiente de las medidas que tomen los tribunales, se le prohibirá el ingreso al establecimiento y se realizara cambio de apoderado para la o el menor afectado.

• Sí existen lesiones: sé informa a la familia y se lleva al o el menor al centro de salud más cercano para que sea examinado (no se necesita autorización de tal) y se debe actuar como si se tratara de un accidente escolar.

V. RESUMEN PROCEDIMENTAL ANTE MALTRATO INFANTIL:

NO debe… SÍ debe …

• Actuar de forma precipitada ni improvisada.

• interrogar ni indagar de manera inoportuna al niño o niña.

• minimizar ni ignorar las situaciones de maltrato o abuso.

• investigar los hechos: esto último NO es función de la escuela, si no de los organismos policiales y judiciales.

✓ Dar inmediata credibilidad cuando el niño o niña relata que
es víctima de una situación de abuso o maltrato.
✓ Acoger y escuchar al niño o niña, haciéndolos sentir tranquilos y seguros.
✓ Aplicar de inmediato el protocolo de actuación frente a estos
casos.
✓ Resguardar la intimidad y e identidad del niño o niña en todo momento.
✓ Derivar a las instituciones y organizamos especializados y
denunciar.
✓ Aclarar al niño o niña que no es culpable o responsable de la
situación que lo afecta

Finalmente, debemos promover y ejecutar permanentemente el autocuidado, la prevención y oficiar la comunicación permanente con los padres, madres y apoderados.

Así también debemos favorecer la confianza y acogida a niños y niñas para pedir ayuda.

ANEXO III

PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE SITUACIONES DE MALTRATO ENTRE ADULTOS

INDICE PÁGINAS
I. INTRODUCCION 3
II. PROCEDIIENTO 3
III. MEDIDAS Y CONCECUENCIAS 3
IV. MEDIDAS DE REPARACION 5
V.RECURSOS O APELACIONES 5
VI.EVALUACION Y SEGUIMIENTO 5
VI.ACCIONES PREVENTIVAS 5

ANEXO 3

I. INTRODUCCIÓN
Los miembros de la Comunidad Educativa de la Escuela de Párvulos KIMN tienen derecho a compartir en un ambiente armónico, de sana convivencia, tolerante y fraterna, así como también a ser respetados en su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos degradantes o maltratos psicológicos por parte de otros adultos de la comunidad educativa. Será de suma gravedad todo tipo de violencia física o psicológica cometida por cualquier medio, incluyendo los tecnológicos y cibernéticos.

Se incluyen en el siguiente protocolo las situaciones de maltrato que ocurran entre:
A. Funcionarios
B. Apoderados
C. Apoderados y funcionarios

Se consideran conductas transgresoras entre adultos:
• Falta de respeto entre funcionarios, apoderados y entre apoderados y funcionarios del establecimiento.

• Hacer uso indebido de elementos informáticos para referirse con o sin intención de perjudicar a personas o a la Institución, atentando contra su dignidad (Chat, Hackear, Facebook, Twitter y otros).

• Crear o publicar material, tanto digital como impreso, con relación a temas que atentan contra la dignidad de los adultos.

• Revestirá especial gravedad cualquier tipo de violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un adulto de nuestro establecimiento.

II. PROCEDIMIENTO
1. Recepción de la denuncia: El adulto debe informar el hecho ocurrido a encargada de Convivencia Escolar quien registrará lo acontecido en “Formulario de Actuación ante maltrato entre adultos de la Comunidad Educativa”.
Posteriormente se informará a directora.

2. Comunicación y entrevista a los adultos involucrados: Encargada de Convivencia Escolar efectuará el análisis de la situación y citará a una entrevista personal a los involucrados, implementándose posteriormente una serie de compromisos entre los ellos.

III. MEDIDAS Y CONSECUENCIAS
A. Entre funcionarios: Dependiendo la gravedad de la situación se efectuarán las siguientes acciones:

ANEXO 3

• Amonestación verbal: Consiste en la amonestación privada y directa que será efectuada por la directora, la cual se hará personalmente al funcionario, dejando constancia en la hoja de entrevista.

• Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita se realizará una mediación entre las partes con el objetivo de lograr acuerdos y compromisos entre los involucrados. En casos de mayor gravedad directora procederá a
denuncia correspondiente.

• Amonestación escrita: Consiste en la representación formal, por parte directora, que se hace al funcionario, por escrito, dejándose constancia de ella en su carpeta personal. En casos de gravedad o realizada una investigación sumaria administrativa, se informarán sus conclusiones a sostenedores de nuestro establecimiento.

B. Entre apoderados: Dependiendo de la gravedad de la situación, se efectuarán las siguientes acciones:

• Entrevista personal: Entrevista (con directora y encargada de convivencia) con los apoderados involucrados acerca de la situación ocurrida, con el fin de analizar las causas y consecuencias de la falta cometida, estableciendo
acuerdos y compromiso.

• Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita, se realizará una mediación entre las partes con el objetivo de lograr acuerdos y compromisos entre los involucrados.

• Suspensión temporal como Apoderados: En casos graves que afecten la convivencia escolar y/o las relaciones humanas de convivencia, se podrá suspender temporalmente su participación como apoderado o apoderada en el establecimiento, debiendo éste nombrar por escrito un apoderado/a reemplazante.

C. De apoderados a funcionarios: Como integrantes de la Comunidad Educativa, se deben regir por las normas de convivencia del Reglamento Interno y a lo establecido en el Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.

La transgresión de esta normativa será evaluada por el Comité de Buena Convivencia, y las consecuencias serán determinadas de acuerdo con la gravedad de la falta y en consideración a los antecedentes recopilados, efectuándose las siguientes acciones:

• Entrevista personal: Entrevista con el apoderado involucrado acerca de la situación ocurrida, con el fin de analizar las causas y consecuencias de la falta cometida, estableciendo acuerdos y compromisos.

• Mediación entre las partes: Si la situación lo amerita se realizará una mediación entre las partes con el objetivo de lograr acuerdos y compromisos entre los involucrados.

• Suspensión temporal: En casos graves que afecten la convivencia escolar y/o las relaciones humanas de convivencia entre apoderados y funcionarios, se podrá suspender temporalmente su participación como apoderado/a, debiendo nombrar un apoderado/a reemplazante.

• Cancelación de Matrícula: No renovación del Contrato de Prestación de Servicios Educacionales. Los padres y apoderados tendrán derecho de apelar a la medida por escrito al Rector en un plazo de 48 horas.

• Denuncia a Tribunales por delitos: Si se configura un delito de agresión física de un apoderado a un funcionario, el Colegio hará la denuncia a la autoridad competente (Carabineros, PDI o Fiscalía). Si los Tribunales de Justicia comprueban el delito, el apoderado/a perderá su calidad de tal teniendo que nombrar a un reemplazante.

IV. MEDIDAS DE REPARACIÓN

Se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por ejemplo, en disculpas privadas o públicas u otras acciones para reparar o restituir el daño causado.

V. RECURSOS O APELACIONES
El adulto involucrado podrá apelar a la resolución adoptada por escrito y fundadamente en un plazo de 48 hrs. ante dirección, quien resolverá en conjunto con el Consejo en un plazo de cinco días.

VI. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO
Luego de diez días hábiles se citará a los adultos involucrados con el fin de analizar el seguimiento de los compromisos establecidos y se efectuará una evaluación, seguimiento y acompañamiento.

VII. ACCIONES PREVENTIVAS
Promover acciones que fomenten una sana convivencia entre los adultos de la Comunidad Educativa, a través de charlas, dinámicas, como también documentos entregados a cada familia

ANEXO IV

PROTOCOLO DE ACTUACIÓN FRENTE A ACCIDENTES ESCOLARES

INDICE PÁGINAS
I. INTRODUCCION 3
II. TIPOS DE ACCIDENTES ESCOLARES 3
II.1 ACCIDENTE ESCOLAR LEVE 3
II.2 ACCIDENTE ESCOLAR GRAVE 3
III. PROCEDIMIENTO 3
IV. IDENTIFICACION DE SEGUROS PRIVADOS DE ATENCION 5
V. CENTROS DE SALUD 5

ANEXO 4

I. INTRODUCCIÓN
El protocolo de accidentes escolares forma parte del plan específico de Seguridad con el que todo establecimiento debe contar y cumple con la función de sistematizar una serie de acciones determinadas ante un accidente.

El seguro escolar protege a todos los/as alumnos regulares de establecimientos educacionales reconocidos por el Ministerio de Educación. La atención la entregan las postas u hospitales de servicios de salud públicos, en forma gratuita.

Si el párvulo tuviese un accidente que implica riesgo vital o secuela funcional grave, debe ser atendido en el servicio de salud más cercano al lugar de ocurrencia del accidente. Los primeros auxilios, serán entregados al interior del establecimiento por parte de educadora, técnico en párvulo u otro miembro de la sección capacitado.

II. TIPOS DE ACCIDENTES ESCOLARES:

II.1 ACCIDENTE ESCOLAR LEVE:
Se considera accidente leve el que se haya provocado bajo cualquier espacio físico del colegio y en cualquier instancia pedagógica o recreativa. Se considera leve aquellas lesiones que no constituyan hemorragia constante, pérdida de conocimiento, inmovilidad o dolor agravante.

II.2 ACCIDENTE ESCOLAR GRAVE:
Se considera accidente escolar cualquier lesión grave que se haya provocado bajo cualquier espacio físico del colegio y en cualquier instancia pedagógica o recreativa. Se consideran graves, aquellas lesiones que sí constituyan hemorragia constante, pérdida de conocimiento, inmovilidad, fracturas o dolor
agravante.

III. PROCEDIMIENTO

A. En caso de Accidente escolar LEVE

Responsable de la activación del protocolo: Persona a cargo (Educadora, asistente de párvulo u otro asistente de la educación que presencia el accidente o es responsable del niño/a en ese momento), quien debe evaluar si se le presta apoyo al accidentado(a) en el lugar o si debe ser derivado dirección. De ser el primer caso, dar información a directora y a la educadora de párvulos responsable del niño o niña (en el caso que ella no estuviese presente).

Medida de contención: Si el/la niño/a es llevado(a) a dirección se debe resguardar primero su integridad física (utilizando camilla para traslado si fuese necesario). Directora llenará el formulario de accidente escolar y verificará la condición del niño/a, realizando una contención emocional hacia el/la niño/a en todo momento.

Comunicación con la familia: Desde Dirección se informará a través de un llamado de teléfono o comunicación al apoderado/a para que se dirija al establecimiento a hacer retiro del estudiante en caso de ser necesario, junto
con el formulario de Declaración Individual de Accidente Escolar. En caso de no obtener comunicación con la familia, se enviará comunicación en la libreta del/a niño/a, explicando lo sucedido.

Vía de comunicación en conjunto con la comunidad educativa: Agente educativo que presenció el accidente informará a directora inmediatamente después de realizar los primeros auxilios si fuese necesario.

B. En caso de accidente escolar GRAVE

Responsable de la activación del protocolo: Persona a cargo (Educadora, asistente de párvulo u otro asistente de la educación que presencia el accidente o es responsable del niño/a en ese momento) debe evaluar según gravedad si se le presta apoyo al niño/a en el lugar (en caso de inmovilidad del estudiante) o si debe derivarlo a dirección. Se debe dar aviso también a directora para que se coordine con la secretaria y el Encargado del Traslado. El/la niño/a debe ser acompañado por educadora de párvulos a cargo debido a la cercanía (adulto significativo) y contención emocional que esta pueda prestar. Dirección o secretaría deberá informar el retiro del/a estudiante en la recepción.

Medida de contención: Al llevar al párvulo a dirección se debe resguardar primero su integridad física (utilizando camilla para traslado si fuese necesario. Directora llenará el formulario de Declaración Individual de
accidente escolar y verificará la condición del/a niño/a. La Secretaría llamará a una ambulancia del centro de salud cercano y se comunicará con la familia, dejando copias escritas de la actuación. Se realizará una contención emocional hacia el/la niño/a en todo momento.

Comunicación con la familia: La educadora de párvulo o directora llamará al apoderado/a para comunicar la situación y las medidas tomadas, para que se dirija al centro de salud en donde fue derivado el/la niño/a. En caso de no obtener comunicación con la familia, algún encargado se dirigirá al domicilio para verificar si hay algún adulto responsable que pueda asistir al menor.

Vía de comunicación en conjunto con la comunidad educativa: agente educativo responsable del menor informara a directora de acuerdo cómo vaya avanzando la situación del/a estudiante.

IV. IDENTIFICACIÓN DE SEGUROS PRIVADOS DE ATENCIÓN

En el momento de la matricula cada apoderado o apoderada debe dar a conocer si el niño o niña cuenta con un seguro privado para accidentes, adjuntando toda la información necesaria.

Por nuestra parte llevaremos registro para hacer más rápido el traslado a dicho centro de salud.

V. CENTROS DE SALUD

Hospital Clínico San Borja Arriarán Dirección: av.sta. rosa 1234, Santiago,
región metropolitana.
Fono mesa central: 225749000
Cesfam Ignacio Domeyko Dirección: cueto 543, Santiago, región
metropolitana.
Fono: 224985435

 

ANEXO V

PROTOCOLO DE SALIDAS PEDAGÓGICAS

INDICE PÁGINAS
I. INTRODUCCION 3
II. CONDICIONES PREVIAS 3
III. CONDICIONES DURANTE LA SALIDA 4
IV. TRANSPORTE ESCOLAR 4
V. FORMATO AUTORIZACION PARA SALIDAS PEDAGOGICAS 5

I. INTRODUCCIÓN
Se entiende por salida pedagógica, toda actividad que involucre que niños y niñas de la Escuela de párvulos y sala cuna KIMN, salgan de sus dependencias, bajo la supervisión de educadoras y técnicos en párvulos. Las salidas pedagógicas permitan a los párvulos, observar, investigar, conocer distintas realidades, tomar contacto con la naturaleza, o practicar deportes.

Para realizar estas actividades en forma segura, y que represente un aprendizaje positivo para nuestros niños y niñas, es que se deben respetar los siguientes criterios:

II. CONDICIONES PREVIAS

A. Educadora responsable de la salida pedagógica debe informar a directora, el objetivo de la salida, la fecha, los alumnos participantes, la forma de traslado, los costos involucrados Y así tener aprobación de dicha salida.

B. Se debe considerar cierta cantidad de adultos acompañantes según el nivel educativo:
• Nivel Sala Cuna, un adulto responsable por niño.
• Niveles Medios, un adulto responsable cada dos niños.
• Nivel Transición, un adulto responsable cada cuatro niños.

C. Se debe tener el detalle de las medidas preventivas que se adoptarán con anterioridad a la jornada programada, con la finalidad de evitar la ocurrencia de cualquier hecho que pueda afectar la seguridad y el bienestar de los párvulos.

A modo de ejemplo, estas medidas podrán consistir en: visitar previamente el lugar a fin de verificar afluencia de vehículos, señalización y límites claros del entorno, condiciones y distancia del lugar, facilidad para el control y supervisión de los párvulos, existencia en el lugar de condiciones riesgosas tales como animales peligrosos, fuentes de agua sin protección y aglomeración de personas que transitan por el lugar, entre otras.

D. Las medidas de seguridad que se adoptarán durante la realización de la actividad deberán considerar, a lo menos, la organización de las responsabilidades de los adultos, la entrega de una hoja de ruta al sostenedor, la entrega de tarjetas de identificación para cada párvulo, con nombre y número de teléfono celular del o la educadora (a) o asistente responsable del grupo, el nombre y dirección del Establecimiento Educacional.

Además, el personal del Establecimiento, madres, padres y apoderados que estén acompañando la actividad, deben portar credenciales con su nombre y apellido.

E. El apoderado o apoderada autorizará por escrito y con su firma la salida de su hijo(a), asumiendo que todo párvulo que no cuente con esta autorización no podrá salir del establecimiento. Además, está consiente que no se aceptarán las autorizaciones verbales ni vía correo.

III. CONDICIONES DURANTE LA SALIDA

A. Las salidas pedagógicas se inician y terminan en el establecimiento, razón por la cual ningún niño o niña puede integrarse sin cumplir todos los pasos que señala este protocolo.

B. Deberán asistir a las actividades correctamente uniformados (delantal o buzo), pudiendo asistir con ropa de calle, según sea la instrucción de la educadora a cargo.

C. El desplazamiento fuera de las dependencias del establecimiento es en grupo y estando siempre bajo el cuidado de los adultos responsables.

D. Durante el trayecto en medios de transportes se deben cumplir todas las exigencias de seguridad que se les indiquen, con especial énfasis en el uso del cinturón de seguridad.

E. Al llegar al lugar de la visita la educadora a cargo deberá tomar conocimiento de las medidas o instrucciones de Seguridad existentes en el lugar, ante la eventualidad de un sismo, incendio u otro evento. Y acordar con los demás adultos responsables un punto de encuentro.

F. Ante la eventualidad de tener cualquier accidente con nuestros párvulos. Se debe seguir con el protocolo de Accidentes Escolares de nuestro establecimiento.

IV. TRANSPORTE ESCOLAR

Se debe verificar que la contratación del servicio de transporte cuente con:

• Certificado de nacimiento.
• Certificado de inhabilidades.
• Certificado de inscripción en el Registro Nacional de Servicios de Transporte

Remunerado de Escolares, en caso de tratarse vehículos de transporte escolar.
• Licencia del conductor.
• Carnet de identidad.
• Cinturón de seguridad en buen estado para cada pasajero.

 

ANEXO VI

PROTOCOLO PARA PROTECCIÓN DE IMAGEN DE NIÑOS Y NIÑAS

INDICE PÁGINAS
I.INTRODUCCION 3
II.FOTOGRAFIAS EN ACTIVIDADES 3
III.PROHIBICIONES 3
IV.SANCIONES 3
V.MODELO DE AUTORIZACION 4

I. INTRODUCCIÓN
Los Centros Educativos, en su tarea de hacer efectivo el derecho fundamental a la educación. que constituye su razón de ser, también han de observar el derechofundamental a la protección de los datos de carácter personal.

La Escuela de Párvulos y sala cuna KIMN, como centro educativo tiene el deber deresguardar la integridad y privacidad de cada niño y niña, por lo que hay distintas restricciones que se detallan a continuación:

II. FOTOGRAFÍAS EN ACTIVIDADES:
• Solo educadoras y técnicos, encargadas de un nivel, pueden tomar fotografías a niños y niñas exclusivamente con el fin de tener registros de cada experiencia educativa.

• Al momento de matrícula, cada apoderado(a) deberá firmar un consentimiento para fotografiar a sus hijos o hijas, para el fin ya antes señalado.

• Las fotografías pueden ser grupal o individual (dependiendo del tipo de experiencia de aprendizaje).

• Pueden ser tomadas en sala de actividades o patio.

III. PROHIBICIONES:
• Queda prohibido sacar fotografías en baños y mudadores.

• Alumnas en práctica no pueden sacar fotografías sin autorización previa del establecimiento y estas deben ser sin mostrar el rostro del niño y niña.

• Si padres, madres o apoderados no conceden el consentimiento, las imágenes de su hijo no podrán ser enviadas a ningún grupo de WhatsApp del nivel y tampoco a sus teléfonos personales.

IV. SANCIONES:
• Si algún profesional de nuestro establecimiento llega a ser sorprendido/a tomando y enviando fotografías de indoles no educativas, será sancionado/a con carta de amonestación por parte de dirección.

• La difusión de información o la utilización de imágenes o nombre de los menores en los medios de comunicación que puedan implicar una intromisión ilegítima en su intimidad, honra o reputación, o que sea contraria a sus intereses, será denunciada/o a las entidades correspondientes.

V. MODELO DE AUTORIZACIÓN PARA PADRES, MADRES O APODERADOS

ANEXO VII

PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR ESCUELA DE PÁRVULOS Y SALA CUNA KIMN

ESCUELA DE PÁRVULOS Y SALA CUNA “KIMN”

Fecha de Aprobación Fecha Actualización Nº de Versión
10/09/2015 Octubre 2016
Octubre 2017
Junio 2018
Marzo 2019
Marzo 2020
Enero 2023
02
03
04
05
06
07

 INDICE.

1. MARCO GENERAL DE ACCIÓN 5
2. FUNDAMENTOS DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR 5
3. OBJETIVOS DEL PLAN 6
4. DEFINICIONES 6
5. ARTICULACIONES DEL PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR 9
5.1 REQUISITOS DEL PLAN 9
5.2 DISEÑO DEL PLAN 9
6. INFORMACIÓN GENERAL 10
6.1 IDENTIDAD 10
6.2 INTEGRANTES DEL ESTABLECIMIENTO 10
6.3 EQUIPAMIENTO DEL ESTABLECIMIENTO PARA EMERGENCIAS 11
7. METODOLOGÍA AIDEP 11
7.1 ANÁLISIS HISTÓRICO 12
7.2 INVESTIGACIÓN EN TERRENO 12
7.3 DISCUSIÓN Y ANÁLISIS DE LOS RIESGOS Y RECURSOS
DETECTADOS
12
7.4 ELABORACIÓN DEL MAPA DE EVACUACIÓN 13
7.5 PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD DE LA UNIDAD EDUCATIVA 13
8. METODOLOGÍA ACCEDER 13
8.1 ALERTA Y ALARMA 13
8.2 COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN 14
8.3 COORDINACIÓN 14
8.4 EVALUACIÓN 16
8.5 DECISIONES 16
8.6 EVALUACIÓN (SECUNDARIA) 15
8.7 READECUACIÓN DEL PLAN 17
9. COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO (CSE) 17
9.1 QUIENES DEBEN INTEGRAR EL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR 17
9.2 MISIÓN Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD
ESCOLAR
18
9.3 ORGANIGRAMA 19
10. RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL
COMITÉ
19
10.1 DIRECTORA 19
10.2 MONITOR 20
10.3 REPRESENTANTE DE DOCENTES/ PADRES Y APODERADOS 20
10.4 REPRESENTANTES DE OTROS ORGANISMOS 21
11. COMITÉ DE EMERGENCIA 21
11.1 NÓMINA COMITÉ DE EMERGENCIA 21
11.2 COORDINADOR GENERAL 21
11.3 COORDINADOR DE ÁREA 22
11.4 MONITOR DE APOYO 22
11.5 SECCIÓN ADMINISTRACIÓN (SOSTENEDOR-SECRETARIA) 23
12. PROCEDIMIENTO DE EVACUACIÓN 23
12.1 PROCEDIMIENTO GENERAL DE EVACUACIÓN 23
12.2 PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCENDIO 24
12.3 PROCEDIMIENTO EN CASO DE SISMO 31
12.4 PROCEDIMIENTO EN CASO DE ARTEFACTO EXPLOSIVO 36
12.5 PROCEDIMIENTO EN CASO DE FUGA DE GAS 37
12.6 PROCEDIMIENTO EN CASO DE ASALTO 37
12.7 PROCEDIMIENTO FRENTE A TIROTEO O BALACERA AL EXTERIOR DEL ESTABLECIMIENTO 40
12.8 PROCEDIMIENTO FRENTE A BOMBAS LACRIMÓGENAS COMO RESULTADO DE MANIFESTACIONES O DISTURBIOS SOCIALES 41
12.9 PROCEDIMIENTO COMO MEDIDA DE PRECAUCIÓN FRENTE A LA EXPOSICIÓN A RAYOS SOLARES 42
13. EJERCITACIÓN DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD
ESCOLAR
45
14. FICHA DE EVALUACION 46

MARCO GENERAL DE ACCIÓN
El presente Manual sintetiza los lineamientos centrales del Plan de Seguridad Escolar, como marco global de acción ante situaciones internas o externas al establecimiento escolar y que, en diversos niveles de gravedad, pongan en riesgo la seguridad física de los alumnos y alumnas y adultos presentes en el lugar.

Sobre la base de las metodologías y procedimientos que aquí se expresan, cada Unidad Educativa deberá generar su específico Plan Integral de Seguridad Escolar, con su respectiva actualización permanente, su adecuación en el tiempo y perfeccionamiento de su contenido y protocolos. Esta flexibilidad obedece a las diferentes características que, por su ubicación geográfica, entorno e infraestructura presentan los establecimientos educacionales del país.

 

1. FUNDAMENTOS DEL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR
El Plan Integral de Seguridad Escolar constituye una metodología de trabajo permanente, destinada a cada unidad educativa del país, mediante la cual se logra una planificación eficiente y eficaz de seguridad para la comunidad escolar en su conjunto, adaptable a las particulares realidades de riesgos y de recursos de cada establecimiento educacional y un aporte sustantivo a la formación de una cultura preventiva, mediante el desarrollo proactivo de actitudes y conductas de protección y seguridad.

Se deberán conocer y aplicar las normas de prevención y seguridad en todas las actividades diarias, lo que ayudará a controlar los riesgos a los cuales está expuesta la comunidad escolar.

La difusión e instrucción de los procedimientos del plan debe extenderse a todo el personal para su correcta interpretación y aplicación.

El éxito de aplicación del presente Plan se basa en el conocimiento del mismo por parte de los adultos involucrados y así como el dominio de las tareas asignadas a cada uno de ellos y el entrenamiento periódico en su aplicación.

2. OBJETIVOS DEL PLAN
• En caso de emergencia dentro o fuera del establecimiento, realizar acciones específicas, preestablecidas, conocidas y entrenadas, que en forma eficaz y dentro de plazos de tiempo controlados permitan poner a
resguardo físico a la totalidad de los alumnos del plantel educativo y los adultos que los acompañan.

• Generar en la comunidad escolar una actitud de autoprotección, teniendo por sustento una responsabilidad colectiva frente a la seguridad.

• Proporcionar a los escolares un efectivo ambiente de seguridad integral mientras cumplen con sus actividades formativas.

• Constituir a cada establecimiento educacional en un modelo de protección y seguridad, replicable en el hogar y en el barrio.

• Diseñar las estrategias necesarias para que se dé una respuesta adecuada en caso de emergencia; se recomienda utilizar la metodología ACCEDER, que se basa en la elaboración de planes operativos de respuesta, con el
objetivo de determinar qué hacer en una situación de crisis y cómo superarla. Vale decir, la aplicación de ACCEDER no debe esperar la ocurrencia de una emergencia.

• Se recomienda considerar también la metodología AIDEP, que constituye una forma de recopilar información. Esta información deberá quedar representada en un mapa, plano o cartografía muy sencilla, con simbología
reconocible por todos.

• Establecer un procedimiento normalizado de evacuación para todos los usuarios y ocupantes del establecimiento educacional.

• Lograr que la evacuación pueda efectuarse de manera ordenada, evitando lesiones que puedan sufrir los integrantes del establecimiento educacional durante la realización de ésta.

3. DEFINICIONES
Alarma: aviso o señal preestablecida para seguir las instrucciones específicas ante la presencia real o inminente de un fenómeno adverso. Pueden ser campanas, timbres, alarmas u otras señales que se convengan.

Altoparlantes: dispositivos electrónicos para reproducir sonido, son utilizados para informar verbalmente emergencias ocurridas en el edificio. Estos altoparlantes sólo serán ocupados por el jefe de emergencia o los guardias entrenados para tal efecto.

Amago de incendio: fuego descubierto y apagado a tiempo.

Coordinador de piso o área: es el responsable de evacuar a las personas que se encuentren en el piso o área asignada, y además guiar hacia las zonas de seguridad en el momento de presentarse una emergencia. El coordinador
de piso o área reporta al coordinador general.

Coordinador general: autoridad máxima en el momento de la emergencia, responsable de la gestión de control de emergencias y evacuaciones del recinto.

Detectores de humo: son dispositivos que, al activarse por el humo, envían una señal al panel de alarmas o central de incendios que se encuentra generalmente en el ingreso del edificio, indicando el piso afectado.

Al mismo tiempo se activa una alarma en todo el edificio, la cual permite alertar respecto de la ocurrencia de un incendio.

Ejercicio de Simulación: actuación en grupo en un espacio cerrado (sala u oficina), en la que se representan varios roles para la toma de decisiones ante una situación imitada de la realidad. Tiene por objetivo probar la planificación y efectuar las correcciones pertinentes.

Emergencia: alteración en las personas, los bienes, los servicios y/o el medio ambiente, causada por un fenómeno natural o generado por la actividad humana, que se puede resolver con los recursos de la comunidad afectada. La
emergencia ocurre cuando los aquejados pueden solucionar el problema con los recursos contemplados en la planificación.

Evacuación: procedimiento ordenado, responsable, rápido y dirigido de desplazamiento masivo de los ocupantes de un establecimiento hacia la zona de seguridad de este frente a una emergencia, real o simulada.

Explosión: fuego a mayor velocidad, que produce rápida liberación de energía y aumento del volumen de un cuerpo mediante una transformación física y química.

Extintores de incendio: aparato portable que contiene un agente extinguidor y un agente expulsor, que al ser accionado dirigiendo la boquilla a la base del incendio (llama), permite extinguirlo.

Iluminación de Emergencia: medio de iluminación secundaria, que proporciona iluminación cuando la fuente de alimentación para la iluminación normal falla.

El objetivo básico de un sistema de iluminación de emergencia es permitir la evacuación segura de lugares en que transiten o permanezcan personas.

Incendio: fuego que quema cosa mueble o inmueble y que no estaba destinada a arder.

Monitor de Apoyo: son los responsables de evacuar a las personas de su sector, hacia las zonas de seguridad, al momento de presentarse una emergencia. El monitor de apoyo reporta ante el coordinador de piso o área.

Plan de Emergencia y Evacuación: conjunto de actividades y procedimientos para controlar una situación de emergencia en el menor tiempo posible y recuperar la capacidad operativa de la organización, minimizando los daños y evitando los posibles accidentes.

Pulsadores de Emergencia: estos elementos, al ser accionados por algún ocupante del edificio, activan inmediatamente las alarmas de incendio, lo que permite alertar de alguna irregularidad que está sucediendo en algún punto de la oficina/instalación.

Red Húmeda: es un sistema diseñado para combatir principios de incendios y/o fuegos incipientes, por parte de los usuarios o personal de servicio. Este sistema está conformado por una manguera conectada a la red de agua potable del edificio (de hecho, es un arranque que sale de la matriz de los medidores individuales) y que se activa cuando se abre la llave de paso. En su extremo cuenta con un pitón que permite entregar un chorro directo o en forma de neblina, según el modelo.

Red Inerte de Electricidad: corresponde a una tubería de media pulgada, por lo general de acero galvanizado cuando va a la vista y de conduit PVC cuando va embutida en el muro, en cuyo interior va un cableado eléctrico que termina con enchufes en todos los pisos (es una especie de alargador). Esta red tiene una entrada de alimentación en la fachada exterior y bomberos la utiliza cuando en el edificio no hay suministro eléctrico y este personal requiere conectar alguna herramienta o sistema de iluminación para enfrentar una emergencia.

Red Seca: corresponde a una tubería galvanizada o de acero negro de 100mm, que recorre todo el edificio y que cuenta con salidas en cada uno de los niveles y una entrada de alimentación en la fachada exterior de la edificación.

Simulación: ejercicio práctico “de escritorio”, efectuado bajo situaciones ficticias controladas y en un escenario cerrado. Obliga a los participantes a un significativo esfuerzo de imaginación.

Sismo: movimiento telúrico de baja intensidad debido a una liberación de energía en las placas tectónicas.

Vías de Evacuación: camino libre, continuo y debidamente señalizado que conduce en forma expedita a un lugar seguro.

Zona de Seguridad: lugar de refugio temporal que ofrece un grado de seguridad frente a una emergencia, en el cual se puede permanecer mientras esta situación finaliza.

4. ARTICULACIÓN DEL PLAN DE SEGURIDAD ESCOLAR
Para que el Plan Específico de Seguridad Escolar responda eficientemente a las necesidades de seguridad que la misma realidad del establecimiento y su entorno presentan, resulta de gran conveniencia organizar también el trabajo de elaboración de dicho plan.

5.1.- REQUISITOS DEL PLAN
• Estar basado en la realidad de riesgos de la unidad educativa y su entorno.

• Responder a una priorización o mayor importancia de esos riesgos.

• Consultar recursos para esas prioridades.

• Ser entrenado periódicamente, revisándose su efectividad, corrigiéndose y actualizándose regularmente.

• Consultar acciones para la prevención, preparación y atención de emergencias.

• Dar mayor y especial importancia a la prevención.

5.2.- DISEÑO DEL PLAN
El plan debe diseñarse conteniendo los siguientes aspectos:

Objetivos: expresión de lo que se desea conseguir con el plan. Evidentemente el objetivo central es la seguridad integral de la comunidad escolar, del cual deben desprenderse los demás objetivos específicos que la misma realidad del establecimiento indique.

Actividades: son las acciones directas del plan. Responden a la pregunta ¿Qué hacer? Por lo tanto, deben estar orientadas a conseguir los objetivos.

Programas: permiten organizar las actividades. Para conformar los distintos programas se deben establecer las afinidades existentes entre las diversas actividades. Por ejemplo, un programa de capacitación estará conformado por todas aquellas actividades destinadas a instruir a la comunidad escolar sobre el tema.

Otro programa debe estar referido específicamente al desarrollo del proceso AIDEP de microzonificación de riesgos y de recursos. Debe diseñarse un programa de difusión y sensibilización, un programa operativo de respuestas ante emergencias, un programa de mejoras de la infraestructura y equipamiento del edificio del establecimiento, y todos aquellos que sean necesarios o que la inventiva de la misma comunidad escolar vaya produciendo.

5. INFORMACIÓN GENERAL

 

7.- METODOLOGÍA AIDEP
La metodología AIDEP constituye una forma de recopilar información. Esta información deberá quedar representada en un mapa, plano o cartografía muy sencilla, con simbología conocida y reconocible por todos.

La palabra AIDEP es un acróstico, vale decir, está formada por la primera letra del nombre de cada una de las cinco etapas a cumplir:

7.1 ANÁLISIS HISTÓRICO
¿QUÉ NOS HA PASADO?
En esta etapa, se debe revisar toda aquella información sobre situaciones que en el pasado han puesto en riesgo o han dañado a las personas, a los bienes y medio ambiente del establecimiento y de su entorno.

7.2 INVESTIGACIÓN EN TERRENO
¿DÓNDE Y CÓMO PODRÍA PASAR?
Se debe recorrer cada espacio del establecimiento y del entorno, para verificar en terreno si permanecen o no las condiciones de riesgo descubiertas en el análisis histórico. En este trabajo en terreno se hace indispensable observar también si existen nuevos elementos o situaciones de riesgo, las que deben ser debidamente consignadas. Esta etapa puede ser apoyada por el análisis de los planos del establecimiento.

7.3 DISCUSIÓN Y ANÁLISIS DE LOS RIESGOS Y RECURSOS DETECTADOS
El Comité de Seguridad Escolar de la Escuela de Párvulos y Sala Cuna “KIMN”, con todos sus integrantes, incluidos los representantes de Carabineros, Salud y Bomberos y de otros organismos o instancias técnicas que lo componen, se reúne para discutir y analizar los riesgos y recursos consignados, fundamentalmente para otorgarles la debida priorización: ya sea por el factor tiempo (porque puede ocurrir una emergencia en cualquier momento) o por el impacto o gravedad del daño que pudiera presentarse.

7.4 ELABORACIÓN DEL MAPA DE EVACUACIÓN.
Culminada la discusión y análisis con sus respectivas conclusiones, se debe iniciar la elaboración o confección del mapa de evacuación. Este debe ser un croquis o plano muy sencillo, utilizando una simbología conocida por todos y debidamente indicada a un costado del mismo mapa, el cual debe permitir a las personas conocer en qué lugar del establecimiento se encuentra y cual es la vía de evacuación más cercana, así como los elementos de emergencia utilizables (extintores, botiquines, camillas, otro).

El mapa debe ser instalado en un lugar visible del establecimiento, para que toda la comunidad tenga acceso a la información allí contenida.

7.5 PLAN ESPECÍFICO DE SEGURIDAD DE LA UNIDAD EDUCATIVA
El Plan Específico viene a reunir ordenada y organizadamente todos y cada uno de los elementos, acciones, ideas, programas, etc., que se estimen necesarios para el reforzamiento de la seguridad escolar en el establecimiento
y su entorno inmediato, vale decir, el área alrededor del establecimiento por la cual circulan los distintos estamentos de la comunidad escolar para el cumplimiento de sus respectivas funciones.

8 METODOLOGÍA ACCEDER
Programa operativo de respuesta ante emergencias.

Esta metodología permite la elaboración de planes operativos de respuesta, con el objeto de determinar qué hacer en una situación de crisis y cómo superarla. Vale decir, la aplicación de ACCEDER no debe esperar la
ocurrencia de una emergencia, sino que amerita definiciones anteriores, que deben quedar claramente expresadas en el plan y en el respectivo programa.

ACCEDER es un acróstico, conformado por la primera letra del nombre de cada una de sus etapas: Alerta y Alarma. Comunicación e Información. Coordinación. Evaluación. Decisiones. Readecuación del Plan.

8.1 ALERTA Y ALARMA
La alerta es un estado declarado. Indica mantenerse atento. Por ejemplo, se conoce o maneja información sobre la posible ocurrencia de vientos huracanados, nevazones, fuertes precipitaciones, entre otros fenómenos y se
deben tomar todas las precauciones necesarias para que provoquen el menor daño posible.

La alarma, por su parte, es la señal o el aviso sobre algo que va a suceder en forma inminente o que ya está ocurriendo. Por tanto, su activación significa ejecutar las instrucciones para las acciones de respuesta. Por ejemplo, frente a un amago de incendio o incendio declarado, se activa una señal especial de timbre o campana, para adoptar las medidas que el plan y la magnitud del problema indican.

8.2. COMUNICACIÓN E INFORMACIÓN
Son dos conceptos claves, que permiten entender el desarrollo de la metodología ACCEDER.

La comunicación es un proceso donde hay, al menos: un emisor o quien envía un mensaje; el mensaje o lo expresado, y un receptor o quien recibe el mensaje. Para que haya una efectiva comunicación, el mensaje debe ser comprendido por el receptor, quien a su vez entrega un nuevo mensaje a quien fuera el emisor, lo que produce un efecto conocido como retroalimentación.

Lo anterior, para mantener vivo y enriquecer constantemente el proceso.

8.3 COORDINACIÓN
La coordinación no es otra cosa que el logro de una armonía entre los elementos que se conjugan en una determinada situación, bajo un mismo objetivo. Supone el trabajar en acuerdo, lo que se hace urgente e indispensable durante una situación de emergencia.

Deben haberse establecido previamente tanto los mecanismos de coordinación interna como con los organismos externos, entre ellos Bomberos, Salud, Carabineros.

8.4 EVALUACIÓN (PRIMARIA)
Esta fase plantea una valoración de las consecuencias producidas por una emergencia. Constituye una labor destinada a objetivar las reales dimensiones del problema. ¿Qué pasó? ¿Qué se dañó? ¿Cuántos y quiénes resultaron
afectados?

8.5 DECISIONES
De acuerdo a los daños y a las respectivas necesidades evaluadas, el Mando Conjunto adoptará las decisiones de atención a las personas, como asignar tareas especiales, reubicar o trasladar a las personas afectadas, asignar
recursos de acuerdo a las necesidades presentes, coordinarse con directivos superiores del sistema escolar, reiniciar o no las clases en función de las condiciones del momento, etc.

8.6 EVALUACIÓN (SECUNDARIA)
La segunda evaluación tiene como fin contar con antecedentes más acabados sobre las repercusiones del fenómeno adverso que afectó o aún está afectando a la unidad educativa.

Esta segunda evaluación va a depender de la magnitud de la emergencia y puede incluir un seguimiento a la comunidad afectada; profundización sobre los daños a la infraestructura y su entorno si es el caso; el ánimo de la comunidad escolar, estado del sistema de comunicaciones y de transporte, etc.

De acuerdo a esos antecedentes, se analizarán los recursos necesarios, tanto internos como externos.

8.7 READECUACIÓN DEL PLAN
Esta fase, a cargo del Comité de Seguridad del establecimiento, permite un recordatorio de la importancia de aprender de las experiencias, para aplicar medidas correctivas y no repetir errores o mejorar lo obrado.

9 COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO (CSE)
La primera acción a efectuar para aplicar el Plan Integral de Seguridad Escolar es la CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO.

• Es responsabilidad del director de la unidad educativa conformar y dar continuidad de funcionamiento al Comité, a través del cual se efectúa el proceso de diseño y actualización permanente del Plan Específico de Seguridad Escolar del establecimiento. Este plan es una herramienta sustantiva para el logro de un objetivo transversal fundamental, como lo es el desarrollo de hábitos de seguridad, que permite a la vez cumplir con un mejoramiento continuo de las condiciones de seguridad en la unidad educativa, mediante una instancia articuladora de las más variadas acciones y programas relacionados con la seguridad de todos los estamentos de la comunidad escolar.

• Informar a la comunidad escolar.

• Convocar a reunión de profesores y personal administrativo.

• Incentivar entre el profesorado el plan.

• Llamar a reunión informativa de padres y apoderados.

• Informar a los alumnos.

• Incentivar la atención sobre el tema, dada su incidencia prioritaria en la calidad de vida de todos los estamentos de la unidad educativa.

• Efectuar ceremonia constitutiva.

9.1 QUIÉNES DEBEN INTEGRAR EL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR
• Director y representantes de la dirección del colegio.

• Representantes de docentes.

• Representantes de organismos de protección (Carabineros, Bomberos y Salud) que pudieran estar representados o contar con unidades en el entorno o en el mismo establecimiento.

• Representantes de los apoderados.

9.2 MISIÓN Y RESPONSABILIDADES DEL COMITÉ DE SEGURIDAD ESCOLAR
La misión del comité es coordinar a toda la comunidad escolar del establecimiento, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en un proceso que los compromete a todos, puesto que apunta a su mayor seguridad y mejor calidad de vida.

Una vez conformado el Comité de Seguridad Escolar (Anexo 1. Nómina Comité de Seguridad Escolar), la primera tarea específica que debe cumplir es proyectar su misión a todo el establecimiento, sensibilizando a sus distintos estamentos y haciéndolos participar activamente en sus labores habituales. Esto a través de los distintos medios de comunicación internos existentes (murales, web, e-mails, etc.).

• El comité, en conjunto con la comunidad escolar, debe contar con el máximo de información sobre los riesgos o peligros al interior del establecimiento y entorno o área en que está situado, ya que estos peligros
o riesgos pueden llegar a provocar un daño a las personas, a los bienes o al medio ambiente.

• Diseñar, ejecutar y actualizar continuamente el Plan Integral de Seguridad Escolar del establecimiento.

• Diseñar y ejecutar programas concretos de trabajo permanente, que apoyen en su accionar a toda la comunidad del establecimiento.

• El comité estará a cargo de la creación de un grupo de emergencia, el cual tendrá dentro de sus responsabilidades realizar la actividad de evacuación del establecimiento educacional frente a cualquier emergencia. Este grupo deberá contar con un coordinador general, coordinador de área o piso y personal de apoyo.

• Crear un sistema de información periódica de las actividades y resultados del Comité de Seguridad Escolar.

• Invitar a reuniones periódicas de trabajo.

• Colaborar en el diseño de los programas de capacitación y sensibilización.

10 . RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES DEL COMITÉ

10.1 DIRECTORA: responsable definitivo de la seguridad en la unidad educativa, preside y apoya al Comité y sus acciones.

10.2 EL MONITOR O COORDINADOR DE SEGURIDAD ESCOLAR DEL ESTABLECIMIENTO: En representación del director, coordinará todas y cada una de las actividades que efectúe el Comité, a modo de secretario ejecutivo, vinculando dinámicamente los distintos programas que formarán parte o son parte del plan de trabajo.

La coordinación permite un trabajo armónico en función del objetivo común: seguridad.

El Coordinador deberá, precisamente, lograr que los integrantes del Comité actúen con pleno acuerdo, para aprovechar al máximo las potencialidades y recursos. Para ello, deberá valerse de mecanismos efectivos de comunicación, como son las reuniones periódicas y mantener al día los registros, documentos y actas que genere el Comité.

Además, deberá tener permanente contacto oficial con la Municipalidad, las unidades de Bomberos, Carabineros y de Salud del sector donde esté situado el establecimiento, a fin de ir recurriendo a su apoyo especializado en acciones de prevención, educación, preparación, ejercitación y atención en caso de ocurrir una emergencia.

10.3 REPRESENTANTE DE DOCENTES Y REPRESENTANTE DE PADRES Y APODERADOS: Deberán aportar su visión desde sus correspondientes roles en relación a la unidad educativa, cumplir con las acciones y tareas que para ellos acuerde el Comité y proyectar o comunicar, hacia sus respectivos representados, la labor general del establecimiento en materia de seguridad escolar.

Representantes de las unidades de Carabineros, Bomberos y de Salud constituyen instancias de apoyo técnico al Comité y su relación con el establecimiento educacional deberá ser formalizada entre el director y el jefe máximo de la respectiva unidad.

Esta relación no puede ser informal. La vinculación oficial viene a reforzar toda la acción del Comité de Seguridad Escolar no sólo en los aspectos de prevención, sino que también en la atención efectiva cuando
se ha producido una emergencia.

10.4 REPRESENTANTES DE OTROS ORGANISMOS, tales como Carabineros de Chile, Bomberos de Chile y Seguridad Ciudadana, deben ser invitados a formar parte del Comité, para su aporte técnico a las diversas acciones y tareas que se acuerden.

11. COMITÉ DE EMERGENCIA
La misión del grupo de emergencia es coordinar a toda la comunidad escolar del establecimiento, con sus respectivos estamentos, a fin de ir logrando una activa y masiva participación en las actividades que aporten al plan evacuación en caso de emergencias, puesto que apunta a su mayor seguridad y, por ende, a su mejor calidad de vida.

A continuación, se especificará la función que cada integrante del grupo de emergencia debe ejecutar y la línea de autoridad y responsabilidad que tienen.

11.1 NOMINA COMITÉ DE EMERGENCIA

Coordinador general Johanna Gutiérrez
Coordinador de áreas General Bulnes 463 Katherine Zavala
General Bulnes 471 Carolina pacheco
Monitor de apoyo General Bulnes 463 Krishna Maribur
General Bulnes 471 Nataly Morales

 

11.2 COORDINADOR GENERAL
En este caso, se recomienda que la persona del establecimiento educacional que cumpla la labor de coordinador general sea quien está a cargo del establecimiento durante la jornada (Directora del Jardin).

Funciones y atribuciones:
✓ Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia.
✓ Liderar toda situación de emergencia al interior del establecimiento educacional.
✓ Decretar la evacuación parcial o total del edificio en caso de emergencia.
✓ Coordinar con los equipos externos de emergencia los procedimientos del plan de emergencia.
✓ En conjunto con el comité de seguridad escolar y la Mutual de Seguridad ACChC la ejecución de capacitaciones dirigidas a los grupos de emergencias.
✓ Participar de las reuniones del Comité de Seguridad Escolar.
✓ Coordinar periódicamente los simulacros de evacuación en caso de emergencias (mínimo uno por semestre).
✓ En conjunto con el Comité de Seguridad Escolar, revisar periódicamente el plan de emergencia y actualizar si es necesario.
✓ Gestionar el nombramiento de los integrantes del grupo de emergencia.

11.3 COORDINADOR DE ÁREAS
En este caso, se recomienda que la persona del establecimiento educacional
que cumpla la labor de coordinador de área, se encuentre en la zona bajo su
responsabilidad para efectos del plan de emergencia, por ejemplo:

• EDUCADORA DE PÀRVULOS
• TÈCNICO EN PÀRVULOS
• SECRETARIA

Funciones y atribuciones:
✓ Liderar la evacuación del piso o área.
✓ Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia.
✓ Participar de las reuniones del grupo de emergencia.
✓ Participar en los simulacros de emergencia de forma activa.
✓ Difundir los procedimientos a utilizar en caso de emergencias.
✓ Procurar la operatividad de las vías de evacuación, salidas de emergencia, equipos de emergencia, sistemas de comunicación y alerta.
✓ Avisar a su reemplazante cada vez que se ausente del piso o área.
✓ Asumir el mando inmediato de las personas de su piso o área frente a cualquier emergencia.

11.4 MONITOR DE APOYO
Los monitores de apoyo serán quienes guíen a un grupo de personas hacia la zona de seguridad. En este caso, se recomienda que las personas del establecimiento educacional que cumplan esta labor sean quienes se encuentren a cargo de un grupo de alumnos, o para el caso de oficina, cualquier funcionario del establecimiento educacional:

• EDUCADORAS DE PÀRVULOS
• MANIPULADORA DE ALIMENTOS
• SECRETARIA

Funciones y atribuciones:
✓ Guiar al grupo a la zona de seguridad.
✓ Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia.
✓ Participar de las reuniones del grupo de emergencia.
✓ Participar en los simulacros de emergencia de forma activa.
✓ Promover la mantención de las vías de evacuación y salidas de emergencia libres de obstáculos.

11.5 SECCIÓN ADMINISTRACIÓN (SOSTENEDOR – SECRETARÍA).
Funciones y atribuciones:
✓ Conocer y comprender cabalmente el plan de emergencia.
✓ Participar en los simulacros de emergencia de forma activa.
✓ Restringir el acceso de personas y vehículos (con excepción de los equipos de emergencia como bomberos, carabineros, ambulancia, etc.) frente a una emergencia.
✓ Facilitar el acceso de los equipos externos de emergencia al establecimiento educacional.
✓ Colaborar con mantener el área de emergencia despejada.

*La cantidad de coordinadores área y de monitores de apoyo dependerá de las características del establecimiento educacional.

12 PROCEDIMIENTOS DE EVACUACIÓN

12.1 PROCEDIMIENTO GENERAL DE EVACUACIÓN

A.- AL ESCUCHAR LA ALARMA DE EVACUACIÓN:
a) Todos los integrantes del establecimiento dejarán de realizar sus tareas diarias y se prepararán para esperar la orden de evacuación si fuese necesario.
b) Conservar y promover la calma.
c) Todos los integrantes del establecimiento deberán obedecer la orden del monitor de apoyo y coordinador de área o piso.
d) Se dirigirán hacia la zona de seguridad, por la vía de evacuación que se le indique. No se utilizarán los ascensores, si estos existen.
e) No corra, no grite y no empuje. Procure usar pasamanos en el caso de escaleras.
f) Si hay humo o gases en el camino, proteja sus vías respiratorias y si es necesario avance agachado.
g) Evite llevar objetos en sus manos.
h) Una vez en la zona de seguridad, permanezca ahí hasta recibir instrucciones del personal a cargo de la evacuación.
i) Todo abandono de la instalación hacia el exterior deberá ser iniciada a partir de la orden del coordinador general.

B.- OBSERVACIONES GENERALES
a) Obedezca las instrucciones de los coordinadores de área y monitores de apoyo.
b) Si el alumno o cualquier otra persona de la institución se encuentra con visitantes, éstos deben acompañarlo y obedecer las órdenes indicadas.
c) No corra para no provocar pánico.
d) No regrese para recoger objetos personales.
e) En el caso de existir personas con algún tipo de discapacidad, procure ayudarlo en la actividad de evacuación.
f) Si el establecimiento cuenta con más de un piso y usted se encuentra en otro piso, evacue con alumnos u otras personas que se encuentren en él y diríjase a la zona de seguridad.
g) Es necesario rapidez y orden en la acción.
h) Use el extintor sólo si conoce su manejo.
i) Cualquier duda aclárela con monitor de apoyo, de lo contrario con el coordinador área.

12.2 PROCEDIMIENTO EN CASO DE INCENDIO

A.- COORDINADOR GENERAL
En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
a) Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia.
b) Si se encuentra en el lugar afectado y el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo. De no ser controlado en un primer intento, dé la orden de evacuación.
c) Si recibe la información de un foco de fuego, evalúe de acuerdo a los datos entregados.
d) Disponga que se corten los suministros de electricidad.
e) De ser necesario, contáctese con servicios de emergencia (Carabineros, Bomberos, Ambulancia, etc.).
f) Instruir a la comunidad estudiantil para que tengan expeditos los accesos del establecimiento, a fin de permitir el ingreso de ayuda externa y/o salida de heridos o personas.
g) Controle y compruebe que cada coordinador de piso o área esté evacuando completamente a los integrantes del establecimiento.
h) Cerciórese de que no queden integrantes del establecimiento en las áreas de afectadas.
i) Ordene al personal de seguridad que se impida el acceso de particulares al establecimiento.
j) Diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de seguridad”.
k) Evalúe si es necesario evacuar hacia el exterior del establecimiento.
l) Una vez finalizado el estado de emergencia, evalúe condiciones resultantes e informe sus novedades y conclusiones al establecimiento.
m) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

B.- COORDINADOR DE ÁREA O PISO
En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
a) En caso de encontrarse fuera de su área de responsabilidad, utilice el camino más corto y seguro para regresar a su sector (esto sólo en caso de ser posible).
b) Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia.
c) Procure que las personas que se encuentren en el sector afectado se alejen.
d) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo. De no ser controlado en un primer intento, informe al coordinador general para que se ordene la evacuación.
e) Si se decreta la evacuación, cerciórese de que no queden personas en los lugares afectados.
f) Instruya para que no se reingrese al lugar afectado, hasta que el coordinador general lo autorice.
g) Diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de seguridad”.
h) En caso de ser necesario, evacuar hacia el exterior del establecimiento, dar la orden a los monitores de apoyo, una vez que el coordinador general lo determine.
i) Una vez finalizado el estado de emergencia, junto al coordinador general, evalúe las condiciones resultantes.
j) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

C.- MONITOR DE APOYO
En caso de ser informado o detectar un foco de fuego en el establecimiento, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

a) En caso de encontrarse fuera de su área de responsabilidad, utilice el camino más corto y seguro para regresar a su sector (esto sólo en caso de ser posible).
b) Disponga estado de alerta y evalúe la situación de emergencia.
c) Procure que las personas que se encuentren en el sector afectado se alejen.
d) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo. De no ser controlado en un primer intento, informe al coordinador de piso o área para que se ordene la evacuación.
e) Cuando el foco de fuego sea en otro sector, aleje a los alumnos u otras personas que allí se encuentren de ventanas y bodegas. Ordene la interrupción de actividades y disponga el estado de alerta (estado de alerta implica, guardar pertenencias y documentación, apagar computadores, cerrar ventanas, no usar teléfonos, citófonos, etc. Todo ello, solo en caso de que así se pudiera) y espere instrucciones del coordinador general.
f) Cuando se ordene la evacuación, reúna y verifique la presencia de todos los alumnos u otras personas que se encuentran en el área, incluyendo visitas, e inicie la evacuación por la ruta autorizada por el coordinador de piso o área.
g) Para salir no se debe correr ni gritar. En caso de que el establecimiento cuente con escaleras, haga circular a las personas por el costado derecho de éstas, procurando utilizar pasamanos.
h) Luego traslade a las personas a la “zona de seguridad” correspondiente a su sector u otra que se designe en el momento y espere instrucciones. En caso de ser docente, revise en el libro de clases para verificar si la totalidad de los alumnos evacuaron.
i) Todo abandono de la instalación hacia el exterior deberá ser iniciada a partir de la orden del coordinador general, la cual será informada por este mismo o por los coordinadores de piso o área.

D.- TODOS LOS USUARIOS DEL ESTABLECIMIENTO
Si descubre un foco de fuego en el lugar donde usted se encuentra, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:
a) Mantenga la calma.
b) Avise de inmediato a personal del establecimiento.
c) Si el fuego es controlable, utilice hasta dos extintores en forma simultánea para apagarlo (esto sólo si está capacitado en el uso y manejo de extintores).
d) Todo adulto que se encuentre en el establecimiento debe apoyar primordialmente la evacuación de alumnos y alumnas. Sólo podrán dejar el Jardín los adultos que sean asignados a la custodia de los alumnos en la zona de seguridad externa.
e) Activar el botón de Alarma Comunitaria.
f) En caso de no poder extinguir el fuego, abandone el lugar dejándolo cerrado para limitar la propagación. Impida el ingreso de otras personas.
g) En caso de establecerse la alarma de incendio (timbres o pitos de forma continua), todo el personal deberá abandonar el establecimiento.
h) En caso de que sea necesario evacuar, diríjase en forma controlada y serena hacia la “zona de seguridad externa” definida en el exterior del establecimiento escolar, esto es las esquinas de las calles General
Bulnes con Catedral.
i) Para salir no se debe correr ni gritar. En caso de que el establecimiento cuente con escaleras, circule por éstas por su costado derecho, mire los peldaños y tómese del pasamano.
j) No reingrese al lugar donde se encontraba hasta que su monitor de apoyo o coordinador de área lo indique.
k) En caso de tener que circular por lugares con gran cantidad de humo, recuerde que el aire fresco y limpio lo encontrará cerca del suelo.
l) En caso de encontrarse en otro sector, si se ordena una evacuación deberá integrarse a ella sin necesidad de volver a su propio sector.
m) Si éste se presenta en la entrada del establecimiento 463, se deberá abandonar el área por el sector de 471, o viceversa.
n) Para este tipo de emergencias, se deberán cortar suministros de electricidad.
o) Todo el personal del establecimiento se deberá dirigir hacia General Bulnes, esquina Catedral.

MAPA DE EVACUACION EN CASO DE INCENDIO PRIMER PISO

12.3 PROCEDIMIENTO EN CASO DE SISMO.

A.- COORDINADOR GENERAL
Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

DURANTE EL SISMO:
a) Mantenga la calma.
b) Disponga que se corten los suministros de electricidad y agua potable.
c) Verifique que los coordinadores de piso o área y los monitores de apoyo se encuentren en sus puestos controlando a las personas, esto a través de medios de comunicación internos como por ejemplo walkie talkies.
d) Protéjase debajo de escritorios o mesas, agáchese, cúbrase y afírmese(esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).

DESPUÉS DEL SISMO:
a) Una vez que finalice el sismo, dé la orden de evacuación del establecimiento, activando la alarma de emergencias.
b) Promueva la calma.
c) Una vez finalizado el estado de emergencia, evaluar las condiciones resultantes e informar sus novedades y conclusiones al establecimiento.
d) Tomar el listado de cada curso comparando con la asistencia del día.
e) El Coordinador General recibirá verbalmente el reporte de asistencia comparada de alumnos y alumnas a la vez que realizará el conteo de los adultos habidos en el lugar antes del sismo.
f) Una vez evacuados alumnos y adultos, el Coordinador General, Coordinador de Área o Monitor, recorrerá cada una de las dependencias en búsqueda de alguna persona que se mantenga en el lugar y, al mismo tiempo, recopilando datos para evaluar eventuales daños.
g) Los monitores realizarán las gestiones para contar con agua potable, elementos de muda y lo necesario para atender a los alumnos mientras se mantengan en la zona de seguridad.
h) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial de la emergencia a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

B.- COORDINADOR DE ÁREA O PISO
Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

DURANTE EL SISMO:
a) Mantenga la calma.
b) Busque protección debajo de escritorios o mesas e indique a las personas del lugar en donde se encuentra realizar la misma acción, agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).

DESPUÉS DEL SISMO:
a) Una vez que finalice el sismo espere la orden de evacuación, que será dada activando la alarma de emergencias.
b) Promueva la calma.
c) Terminado el movimiento sísmico, verifique y evalúe daños en compañía del coordinador general.
d) Una vez finalizado el estado de emergencia, evaluar las condiciones resultantes e informar sus novedades y conclusiones al establecimiento.
e) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

C.- MONITOR DE APOYO
Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

DURANTE EL SISMO:
a) Mantenga la calma.
b) Promueva la calma entre las personas que se encuentren en el lugar, aléjelos de los ventanales y lugares de lmacenamiento en altura.
c) EN LA SALA DE ACTIVIDADES: La docente ordenará a los alumnos y alumnas que se coloquen debajo de las mesas de párvulos de la sala.
d) EN LA SALA DE HABITOS higiénicos La docente a cargo se mantendrá en el lugar con el o los alumnos buscando un sector de protección (los alumnos bajo una superficie y el adulto bajo un dintel).
e) EN EL PATIO: La docente concentrará los alumnos a su cargo y se mantendrá con ellos en la zona de seguridad.

DESPUÉS DEL SISMO:
a) Una vez que finalice el sismo, los docentes y adultos que colaboren en la protección de los niños, les ordenarán dirigirse hacia la zona de seguridad en el patio de juegos, sin correr y conteniendo en caso de ser requerido. Los guiarán por las vías de evacuación a la “zona de seguridad”, procurando el desalojo total del recinto.
b) La persona designada o en su defecto quien se encuentre más cerca, abrirá la puerta de acceso al exterior y cortará el suministro de energía eléctrica y agua potable.
c) Recuerde que al salir no se debe correr. En caso de que el establecimiento disponga de escaleras, se debe circular por costado derecho, mirar los peldaños y tomarse del pasamanos.
d) La docente a cargo, estando ya en la zona de seguridad, deberá tener en su poder el libro de clases o planilla de asistencia, con el objeto de verificar que en el lugar se encuentra la totalidad de alumnos que asistieron a la jornada.
e) Una vez finalizado el estado de emergencia, espere instrucciones para retomar las actividades diarias.
f) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

D.- TODOS LOS USUARIOS DEL ESTABLECIMIENTO
Al iniciarse un sismo, proceda de acuerdo a las siguientes instrucciones:

DURANTE EL SISMO:
a) Mantenga la calma y permanezca en su lugar.
b) Aléjese de ventanales y lugares de almacenamiento en altura.
c) Busque protección debajo de escritorios o mesas. Agáchese, cúbrase y afírmese (esto no aplica en casos de construcciones de adobe, material ligero o en aquellos en que detecte posibles desprendimientos de estructuras. En ese caso deben evacuar inmediatamente).

DESPUÉS DEL SISMO:
a) Una vez que finalice el sismo espere la orden de evacuación, que será dada activando la alarma de emergencias.
b) Siga a las instrucciones del coordinador de área o de algún monitor de apoyo.
c) Evacue sólo cuando se lo indiquen, abandone la instalación por la ruta de evacuación autorizada y apoye a personas vulnerables durante esta actividad (discapacitados, descontrolados, ancianos, etc.).
d) No pierda la calma. Recuerde que al salir no se debe correr. En caso de que el establecimiento cuente con escaleras, siempre debe circular por costado derecho, mire los peldaños y tómese del pasamanos. Evite el uso de fósforos o encendedores.
e) No reingrese al establecimiento hasta que se le ordene.
f) Recuerde a la comunidad estudiantil que solo la máxima autoridad del establecimiento está facultada para emitir información oficial del siniestro a los medios de comunicación (si éstos se presentaran).

INDICE VIII

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y PLAN DE GESTIÓN ESCUELA DE PÁRVULOS KIMN
RBD 25379-0 2023

INDICE PÁGINA
I.INTRODUCCIÓN 3
II. INSTRUMENTOS PARA GESTIONAR LA
SANA CONVIVENCIA
4
III. BENEFICIOS QUE GENERA EN NIÑOS Y NIÑAS LAS
RELACIONES BASADAS EN EL RESPETO Y VALORACIÓN
DE LAS DIFERENCIAS
4
IV. ESTRATEGIAS IMPULSADAS PARA QUE EL
ESTABLECIMIENTO PROMUEVA EL BUEN TRATO
EN EL PRIMER NIVEL EDUCATIVO
5
V. PADRES Y APODERADOS 5
VI. OBJETIVOS A ALCANZAR 5
VII. CONFORMACIÓN DEL EQUIPO DE
CONVIVENCIA ESCOLAR
6
VIII. CALENDARIO DE GESTIÓN DE CONVIVENCIA ESCOLAR 7
IX. REGISTRO Y RETROALIMENTACIÓN 8

I.- INTRODUCCIÓN
El buen trato en el primer nivel educativo responde a la necesidad de cuidado, protección, educación y respeto de niños y niñas, en su condición de sujetos de derechos. Educadoras, técnicos, padres, madres y apoderados tienen la responsabilidad de construir ambientes basados en el diálogo, el respeto y la participación que permitan el desarrollo integral de niños y niñas. Al respecto, es preciso contar con una noción común en torno a lo que significa “convivencia escolar”, considerando para ello lo que plantea el Mineduc en su Política Nacional de Convivencia Escolar (2019), en donde señala que: La convivencia escolar es el conjunto de las interacciones y relaciones que se producen entre todos los actores de la comunidad (estudiantes, docentes, asistentes de la educación, directivos, padres, madres y apoderados y sostenedor), abarcando no solo aquellas entre individuos, sino también las que se producen entre los grupos, equipos, cursos y organizaciones internas que forman parte de la institución. Incluye también la relación de la comunidad escolar con las organizaciones del entorno en el que se encuentra inserta.

Con el fin de cautelar la existencia de ambientes de buen trato y el bienestar integral de niños y niñas, la normativa educacional señala que los establecimientos del nivel deben contar con instrumentos que regulen su convivencia, considerando las características propias de la primera infancia, los cuales deben reconocer y valorar al otro, favoreciendo el desarrollo de sus habilidades sociales tales como : empatía, relación afectuosa con sus pares y adultos, y resolución no violenta de conflictos.

Una cultura basada en el buen trato requiere de un trabajo colaborativo, comunicación permanente y efectiva al interior del establecimiento de Educación Parvularia y, entre éste y las familias. Tal como lo establece la Ley sobre Violencia Escolar. “todos los establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar, que será responsable de la implementación de las medidas que sean acordadas en el Comité de Buena Convivencia Escolar, debiendo contar para ello con un Plan de Gestión de Sana Convivencia Escolar. “(Ley 20.536, 2011). Por lo tanto, las acciones definidas en este plan de gestión serán responsabilidad de la Encargada de Convivencia Escolar, no obstante, las tareas que aquí se definan serán asumidas por aquellas personas que se involucren en el proceso.

Entonces, el Plan de Gestión de la Convivencia Escolar tendrá como finalidad promover y desarrollar en toda la comunidad educativa, los principios y elementos que construyen una convivencia basada en la valoración del otro y el respeto de las diferencias.

Finalmente, el Plan de Gestión de Convivencia Escolar debe permitirnos sistematizar aquellas prácticas que se desarrollarán en el establecimiento para construir de forma conjunta una convivencia escolar adecuada, con un enfoque formativo, que permita contribuir con el desarrollo de más y mejores aprendizajes.

II.- INSTRUMENTOS PARA GESTIONAR LA SANA CONVIVENCIA.
El establecimiento debe gestionar su convivencia a través de los siguientes

instrumentos:
• Un Reglamento Interno que incorpore los deberes y derechos de la comunidad educativa y las normas sobre convivencia y buen trato. El Reglamento Interno y los mecanismos de actuación deben ser coherentes con los valores
expresados en el Proyecto Educativo del establecimiento, y conocidos por toda la comunidad, para garantizar y promover el buen trato en el nivel.

• Protocolos de actuación que definan las acciones que debe realizar el establecimiento frente a la detección de situaciones de vulneración de derechos.

III.- BENEFICIOS QUE GENERA EN NIÑOS Y NIÑAS LAS RELACIONES

BASADAS EN EL RESPETO Y VALORACIÓN DE LAS DIFERENCIAS.
Todas las conductas aprendidas en la formación temprana se insertan en el educando, de forma tal que se convierten en el patrón de conducta en su pubertad y adultez. El sano desarrollo, le puede permitir rechazar la adquisición
de conductas y costumbres que van en sentido apuesto y que finalmente resultan en experiencias de carácter negativo según lo aprendido previamente.

Particularmente, respetar a todas las personas, por diferentes que sean respecto de lo que consideramos como patrón normal, es uno de los éxitos principales de la buena y sana Convivencia Escola. De esta forma, las relaciones basadas en el respeto nos proveen los siguientes aportes:

• Contribuyen al sano desarrollo psicológico, físico y moral.

• Favorecen al bienestar integral y aprendizaje

• Aportan al desarrollo de la autoestima y conductas prosociales como el trato

afectuoso, la empatía, la solidaridad, el diálogo y la participación en las actividades. Los equipos de profesionales, técnicos, directivos y todo adulto que interviene en el proceso educativo de un párvulo, deben generar a través de estrategias de promoción de una buena convivencia y mecanismos de protección, condiciones para que se desarrollen vínculos sanos, seguros y de confianza en beneficio del bienestar integral y aprendizaje significativo de niños y niñas.

IV.- Estrategias impulsadas para que el establecimiento promueva el buen trato en el primer nivel educativo.

Siempre estas estrategias se desarrollan en conjunto con la familia:

• Acompañando a niños y niñas en todo su proceso educativo.

• Cumpliendo el Reglamento Interno y los Protocolos de Actuación.

• Manteniendo un trato respetuoso hacia los otros.

• Apoyando el desarrollo socioemocional de los párvulos.

• Integrando las acciones de Buena Convivencia en las actividades cotidianas y especiales del Calendario Escolar.

V.- PADRES Y APODERADOS
Con los padres, madres y apoderadas (os), debe existir un canal de comunicación armónico, tolerante y respetuoso entre ellos y con los actores del Jardín, respetando siempre el papel de autoridad de las educadoras dentro del
establecimiento.

Es necesario alinear criterios para poder establecer nexos de comunicación entre todas las partes para que el resultado final sea el bienestar de alumnas y alumnos.

El Jardín es primordial para insertar a los padres, madres y/o apoderadas(os), invitándolos a ser parte de actividades puntuales en las cuales ellos sean actores primordiales y asumen do la responsabilidad de desarrollar una acción que sea percibida por los alumnos como una clara señal de lo que es la Sana Convivencia.

Los alumnos y alumnos aprenden mucho por el modelo que representan para ellos los adultos todos.

VI.- OBJETIVOS A ALCANZAR
El presente Plan de Gestión de la Convivencia Escolar, busca en el desarrollo de su gestión, alcanzar ciertos objetivos primordiales:

• Favorecer y estimular climas de colaboración, considerando las metas colectivas.

• Impulsar actividades en la comunidad educativa que permitan a todos sus miembros ejercitar valores, actitudes y hábitos que ayuden al bien común y al crecimiento y autoafirmación personal.

• Promover estilos de relación respetuosas entre todas y todos los miembros de la comunidad educativa.

• Optar por el diálogo como medio para abordar los conflictos y llegar a acuerdos.

• Respetar y atender las diferencias individuales.

• Considerar las dimensiones cognitivas, afectivas, emocionales y sociales de los miembros de la comunidad educativa y generar instancias que permitan el desarrollo y fortalecimiento integral de la/el estudiante.

• Velar por el desarrollo de un buen clima escolar, que favorezca el aprendizaje de todas/os nuestras/os estudiantes.

• Acercar al Jardín a la familia de nuestras y nuestros alumnos, encontrando en ellas apoyo para alcanzar los pedagógicos y formativos.

VII.- CONFORMACIÓN DEL EQUIPO DE GESTION DE CONVIVENCIA ESCOLAR.

El Equipo de Convivencia Escolar de la Escuela de Párvulos KIMN está compuesto
por las siguientes profesionales:

VIII.- CALENDARIO DE GESTION DE CONVIVENCIA ESCOLAR DE LA ESCUELA DE PÁRVULOS KIMN.
A continuación, se presenta el Calendario de Gestión de Convivencia Escolar, la cual pretende involucrar e invitar a los partícipes a asumir la responsabilidad de colaborar realizando diferentes eventos, con el apoyo del Comité de
Convivencia Escolar y en particular la Encargada de Convivencia Escolar.

IX.- REGISTRO Y RETROALIMENTACIÓN.
La encargada de Convivencia Escolar, Srta. KATHERINE ZAVALA A., apoyará la realización de cada evento, ayudando a gestionar las diversas actividades. Al término de cada una de ellas, registrará los principales aspectos y detalles que sirva para mejorar las futuras experiencias.

ANEXO IX

PLAN DE MEJORAMIENTO EDUCATIVO PME 2023 – 2026

INDICE PÁGINA
I.INTRODUCCION 3
II.GESTION PEDAGOGICA 4
III.LIDERAZGO 5
V. CONVIVENCIA ESCOLAR 6
VI.GESTION DE RECURSOS 7

I.INTRODUCCION
Un PME es la herramienta de planificación estratégica para lograr los objetivos establecidos por la Escuela de Párvulos y Sala Cuna KIMN. Permite analizar nuestro quehacer y cumplir los propósitos definidos en nuestro proyecto educativo institucional (PEI). Proyecto que viene a ser la carta de navegación de cada Comunidad Educativa.

La ley estructura un PME en 4 grandes dimensiones: Gestión Pedagógica, Liderazgo, Convivencia Escolar y Gestión de Recursos.

A continuación, se describen nuestras propuestas con cada dimensión, subdimensiones, objetivos y metas:

II.- GESTIÓN PEDAGÓGICA
Propone soluciones pertinentes a problemas propios del Establecimiento.

Genera estrategias innovadoras para el cambio.

Aborda un problema del Establecimiento.

Es una propuesta viable de ser ejecutada.

Objetivo Estratégico: El equipo directivo asegura una metodología que permita el trabajo colaborativo entre docentes, contribuyendo a la preparación de la enseñanza y aprendizaje de los estudiantes.

Meta Estratégica: El equipo directivo logra que el 100% de los docentes implementen metodologías para promover el trabajo colaborativo contribuyendo a la preparación de la enseñanza y aprendizaje de los estudiantes.

III.- LIDERAZGO

Objetivo Estratégico: Promover la disponibilidad de un Sistema de Planificación y Control de Gestión que entregue información al equipo directivo y de gestión para la toma de decisiones, mediante una metodología de trabajo basada en planes, programas, estrategias e indicadores que midan el cumplimiento de los objetivos propuestos en el PEI y PME en el corto, mediano y largo plazo. Meta Estratégica: Conformar en un 100% el equipo directivo con un proceso sistemático de trabajo mediante indicadores claves de las dimensiones del PME, integradas y monitoreadas por el sistema de planificación y control de gestión.

IV.- CONVIVENCIA ESCOLAR

Objetivo Estratégico: Meta estratégica Promover contextos de convivencia armónica entre los miembros de la Comunidad Educativa que se enmarquen en un ambiente respetuoso, organizado y seguro al interior del Establecimiento.

Meta Estratégica: El 100% del Equipo Directivo y Docente es apoyado por el Equipo de Convivencia Escolar para implementar estrategias que promuevan contextos de convivencia armónica entre los miembros de la comunidad educativa.

V.- GESTIÓN DE RECURSOS

Objetivo Estratégico: Asegurar la implementación del perfeccionamiento/capacitación del personal docente y administrativo basado en un modelo competencias transversales y específicas que componen los principios formativos y educativos de nuestro PEI y que, a su vez, detecte las necesidades de mejoramiento continuo.

Meta estratégica: El 100% de los docentes y asistentes de la educación son evaluados y retroalimentados en su desempeño, detectando las necesidades de perfeccionamiento y formación continua.

REGLAMENTO INTERNO
Actualización 2023

ESCUELA DE PÁRVULOS Y SALA CUNA “KIMN” Nº1765

 

INDICE PÁGINAS
1. INTRODUCCIÓN
2. INFORMACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO
2.1 CONSEJO ESCOLAR
3. FUENTES NORMATIVAS
3.1 NORMATIVA INTERNACIONAL
3.2 NORMATIVA NACIONAL
4. ALCANCE
5. MODELO DE FISCALIZACIÓN CON ENFOQUE DE DERECHOS Y LIBERTADES
5.1 REFORMA EDUCACIONAL
5.2 ENFOQUE DE DERECHO
5.3 COBERTURA NORMATIVA
5.4 MEJORA CONTINUA EN ESTABLECIMIENTOS
6. PRINCIPIOS
7. ASPECTOS GENERALES
7.1 FUNDAMENTOS DEL CURRÍCULO INTEGRAL
7.2 PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS
7.3 MISIÓN
7.4 VISIÓN
7.5 SELLO
8. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA
8.1 SOSTENEDOR
8.2 DIRECTORA
8.3 EDUCADORA DE PÁRVULOS
8.4 TÉCNICO EN PÁRVULOS
8.5 SECRETARIA
8.6 MANIPULADORA DE ALIMENTOS
8.7 AUXILIAR DE ASEO
8.8 MADRES, PADRES Y APODERADOS-APODERADAS
9. REGULACIONES TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y
FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO
9.1 REQUISITOS DE EDAD PARA INGRESAR
9.2 ORGANIGRAMA
9.3 RÉGIMEN DE LA JORNADA Y HORARIO DE FUNCIONAMIENTO
9.4 SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES
9.5 AÑO LECTIVO ESCOLAR
9.6 ATRASOS, INASISTENCIAS Y RETIROS ANTICIPADOS
9.7 ENTREGA DE ALUMNOS A MADRES, PADRES, APODERADOS O UN TERCERO
9.8 ATENCIÓN DE MADRES, PADRES Y APODERADOS(AS)
9.9 SALIDAS PEDAGÓGICAS
9.10 ADMISIÓN Y MATRICULA
9.11 ADAPTACIÓN DEL PÁRVULO
9.12 SALUD DEL PÁRVULO
9.13 UNIFORME, CAMBIO DE ROPA Y MUDA
9.14 ALIMENTACIÓN

 

ANEXOS

1.- ANEXO 1: Protocolo de Actuación Frente a la Detección de Situaciones de Vulneración de Derechos de los Niños y Niñas.

 2.- ANEXO 2: Protocolo de Actuación Frente a Hechos de Maltrato Infantil y Abuso Sexual. 3.- ANEXO 3: Protocolo de Actuación Ante Situación de Maltrato Entre Adultos.

4.- ANEXO 4: Protocolo de Actuación Frente a Accidentes Escolares. 5.- ANEXO 5: Protocolo de Salidas Pedagógicas

6.- ANEXO 6: Protocolo Para Protección de Imagen de Niños y Niñas 7.- ANEXO 7: Plan de Seguridad P.I.S.E

8.- ANEXO 8: Manual de Convivencia Escolar y Plan de Gestión. 9.- ANEXO 9: Plan de Mejoramiento Educativo P.M.E

1. INTRODUCCIÒN

 El siguiente reglamento interno está elaborado conforme a los valores expresados en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de la Escuela de Párvulos “KIMN” y tiene por objeto favorecer el ejercicio y cumplimiento efectivo de los derechos y deberes de nuestra comunidad educativa, a través, de la regulación de sus relaciones, fijando en particular, normas de funcionamiento, de convivencia y buen trato, y de procedimientos generales del establecimiento. Todo lo anterior, considerando que la educación, en cuanto a la función social, implica el deber de toda la comunidad de contribuir a su desarrollo y perfeccionamiento.

 La comunidad educativa de la Escuela de Párvulos KIMN, está integrada por alumnos, alumnas, padres, madres y apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, directivos; sostenedor educacional y personal de administración. Para el buen funcionamiento de esta Comunidad, todos los actores, junto con ser titulares de determinados derechos, también deben cumplir determinados deberes.

 Este Reglamento es un documento único, aun cuando esté compuesto por distintos manuales y protocolos, considerando que los más importantes son: Manual de Convivencia Escolar; Plan Integral de Seguridad Escolar; Manual de Orden, Higiene y Seguridad, Reglamentación Ministerio de Educación (MINEDUC) y Ministerio de Salud (MINSAL).

 Específicamente, el Reglamento Interno busca sistematizar las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en un único instrumento, que permita la correcta comprensión y cumplimiento de la normativa educacional, de acuerdo con los principios y fines formulados en el modelo de fiscalización con enfoque en derechos implementado por la Superintendencia de Educación (Res. Exta. N.º 137, febrero 2018) y en lo contemplado en la Ley N.º 20.529, que establece el Sistema Nacional de Aseguramiento de la Calidad y fiscalización de la Educación Parvularia, Básica y Media.

Finalmente se puede definir el Reglamento Interno como un instrumento jurídico que garantiza la equidad en la convivencia diaria al interior de una comunidad educativa. Los principios de tolerancia, no discriminación, honestidad, responsabilidad, respeto y compromiso se conjugan en particular en este Reglamento, otorgando directrices que buscan entregar una guía para que todos los actores del proceso educativo acaten sus normas y actúen conforma a sus principios.

2.- INFORMACIÒN DEL ESTABLECIMIENTO

  3.- FUENTES NORMATIVAS

3.1         NORMATIVA INTERNACIONAL

  • DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS: Reconoce expresamente los derechos de los niños y niñas, mandatando a los estados para asegurar el bienestar y protección social. Promueve como pilares de la educación; el respeto la tolerancia, la comprensión y la amistad.
  • CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO Y LA NIÑA: Es el texto jurídico más relevante en cuanto a reconocimiento de nuños y niñas como sujetos de derecho, ratificada por chile en el año 1990. Se rige por 4 principios fundamentales: la no discriminación, el interés superior del niño y la niña, su supervivencia, desarrollo, protección y su participación en la toma de decisiones.

3.2         NORMATIVA NACIONAL 

  • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE CHILE: Establece que la

educación tiene por objetivo el pleno desarrollo de la persona en las distintas etapas de la vida. Los padres tienen el derecho preferente y el deber de educar a sus hijos, debiendo el Estado promover la Educación Pública.

  • CÓDIGO PROCESAL PENAL DE CHILE: su aplicación es relevante en materias de reglamentos internos, puesto que establece la denuncia obligatoria de directores, docentes y asistentes de establecimientos educacionales, ante delitos que afecten a niños y niñas, y que hubieran tenido lugar, o no, en dicho establecimiento.
  • CÓDIGO PENAL: contempla figuras especificas en relación con la vulneración de la integridad física o psíquicas de niños y niñas que son constitutivas de delitos; por tanto, obliga a la comunidad educativa a denunciarlas cuando se presentan. Recientemente se creó una nueva figura penal que castiga el menoscabo físico o el trato degradante que se ejecute en contra de un niño o niña.
  • DECRETO CON FUERZA DE LEY N°725, DE 11 DE DICIEMBRE DE 1967, DEL MINISTERIO DE SALUD, QUE FIJA EL CÓDIGO SANITARIO. Deben tenerse

presente sus normas, en especial las relacionadas a la higiene en los lugares de trabajo, elaboración y manipulación de alimentos, higiene y seguridad del ambiente.

  • LEY N°16.744, QUE ESTABLECE NORMAS SOBRE ACCIDENTES DE

TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES. Sostiene que todos/as los niños y las niñas que asisten a los establecimientos de educación Parvularia, estarán protegidos por un seguro del Estado, en el caso de accidentes que sufran a causa o en ocasión de sus estudios.

  • DECRETO SUPREMO N°156, DE 12 DE MARZO DE 2002, DEL MINISTERIO DEL INTERIOR, QUE APRUEBA EL PLAN NACIONAL DE PROTECCIÓN

CIVIL, respecto a protocolos de accidentes y prevención de los mismos. Esta norma otorga definiciones, protocolos y procedimientos frente a un accidente o una emergencia dentro de los establecimientos educacionales.

  • RESOLUCIÓN EXENTA N°51, DE 2021, MINISTERIO DE EDUCACIÓN APRUEBA EL PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ESCOLAR (PISE), DESARROLLADO POR LA OFICINA NACIONAL DE EMERGENCIA (ONEMI):

este es el instrumento articulador de las acciones institucionales e intersectoriales y tiene como propósito reforzar las acciones y condiciones de seguridad de las comunidades educativas.

  • LEY N°20.609, QUE ESTABLECE MEDIDAS CONTRA LA DISCRIMINACIÓN,

definiendo una tutela especial de protección frente a vulneraciones de derechos de las personas generadas por discriminación arbitraría.

  • DFL N°2, QUE FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA LEY N° 20.370, LEY GENERAL DE EDUCACIÓN:

consagra derechos y deberes de quienes integran la comunidad educativa y, en específico, el articulo 46 exige un Reglamento Interno que regule las relaciones entre el establecimiento y los distintos actores de la comunidad escolar.

  • DECRETO SUPREMO N°315, EDUCACIÓN: REGLAMENTA LOS REQUISITOS DE  ADQUISICIÓN,  MANTENCIÓN  Y  PERDIDA  DEL

RECONOCIMIENTO OFICIAL DEL ESTADO a los establecimientos de Educación Parvularia, Básica y Media.

  • DECRETO SUPREMO N° 128, EDUCACIÓN: REGLAMENTA LOS REQUISITOS DE ADQUISICIÓN, MANTENCIÓN Y PÉRDIDA DE LA AUTORIZACIÓN DE FUNCIONAMIENTO DE ESTABLECIMIENTOS DE

EDUCACIÓN PARVULARIA. Este decreto se dicta en virtud de la ley N° 20.832, y establece que, para otorgar la certificación de funcionamiento, los establecimientos deberán contar con un Reglamento Interno que deberá acompañar la solicitud de autorización, debiendo contener políticas de promoción de los derechos del niño y la niña; orientaciones pedagógicas y protocolos de prevención y actuación ante conductas que constituyan falta a su seguridad y a la buena convivencia.

  • DECRETO SUPREMO N° 548, EDUCACIÓN: ESTABLECE REQUISITOS DE PLANTA FÍSICA  Y  DE  SEGURIDAD  DE  LOS  ESTABLECIMIENTOS

EDUCACIONALES. Contiene normas y requisitos que resguardan la seguridad del entorno, del emplazamiento y del propio local escolar.

  • DECRETO SUPREMO N° 977: Establece las condiciones sanitarias a que deberá ceñirse la producción, importación, elaboración, envase, almacenamiento, distribución y venta de alimentos, que debe considerarse especialmente en establecimientos educacionales donde se prepare alimentación para los Párvulos.
  • DECRETO 860 RESOLUCIÓN EXENTA N° 860, de fecha 26 de noviembre de 2018, del Superintendente Educación: Aprueba circular que imparte instrucciones sobre Reglamentos Internos de los Establecimiento de Educación Parvularia.
  • LEY GENERAL DE EDUCACIÓN (N°20.370): Regula los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad educativa; fija los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de los niveles de educación Parvularia, Básica y Media. Regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento, y establece los requisitos y el proceso para el reconocimiento oficial de los establecimientos e instituciones educacionales de todo nivel, con el objetivo de tener un sistema educativo caracterizado por la equidad y calidad de su servicio.
  • POLÍTICA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR (PNCE): Su objetivo es

orientar y fortalecer los procesos de enseñanza, de aprendizaje y de gestión de la convivencia escolar para el desarrollo de los ámbitos personal, social, del conocimiento y la cultura, tanto de los estudiantes como de la comunidad educativa. PNCE define la Convivencia Escolar como “el conjunto de interacciones y relaciones que se producen entre todos los actores de la comunidad (estudiantes, docentes, asistentes de la educación, directivos, padres, madres, apoderados y sostenedor), abarcando también los grupos, equipos, cursos y organizaciones internas que forman parte de la institución y las organizaciones del entorno en el que se encuentra inserta la respectiva Comunidad Escolar.

  • LEY DE VIOLENCIA ESCOLAR (Bullying Escolar) N° 20.536 (2011): La Ley de Violencia Escolar, publicada el 17 de septiembre de 2011, tiene como finalidad definir y sancionar los hechos que pueden ser considerados como acoso escolar, ya sea dentro o fuera de un establecimiento educacional. Al mismo tiempo establece sanciones para que un establecimiento actúe de forma oportuna ante un hecho de violencia escolar. Dicho cuerpo legal, define la Violencia Escolar a todo acto de agresión u hostigamiento reiterado, realizado por un estudiante o grupo de estudiantes que atenten en contra de otro estudiante, valiéndose de una situación de superioridad o de indefensión de la víctima, que le provoque maltrato, humillación o temor fundado de verse expuesta a un mal de carácter grave ya sea dentro como fuera del establecimiento educacional. Asimismo, considera especialmente graves los hechos de violencia ya sea física o sicológica, que cometan adultos contra alumnos miembros de la comunidad educativa.

En el año 2017, la Subsecretaría de Educación Parvularia, publicó el documento “Orientaciones para el Buen Trato en Educación Parvularia “, el cual contiene directrices legales de resguardo físico y psicológico de niños y niñas con el fin de aplicarlas al nivel parvulario de educación escolar.

  • LEY DE INCLUSIÓN ESCOLAR N° 20.845 (2015): Tiene como principios la no discriminación arbitraria, que implica la inclusión e integración en los establecimientos educacionales. En la dignidad del ser humano y su educación integral.

Se consideran además otros principios como el de la diversidad, flexibilidad, responsabilidad de estudiantes, padres y apoderados y sustentabilidad.

El sostenedor tiene plena libertad para determinar su proyecto educativo, el Estado respeta la diversidad de procesos y proyectos, así como la diversidad cultural, religiosa y social de las familias que han elegido un proyecto diverso y determinado.

  • LEY DE NO DISCRIMINACIÓN N°20.609 (2012, LEY ZAMUDIO): Esta ley tiene por

objetivo fundamental instaurar un mecanismo judicial que permita restablecer eficazmente el imperio del derecho cuando se cometa un acto de discriminación arbitraria.

Se entiende por discriminación arbitraria toda distinción, exclusión o restricción que carezca de justificación razonable, efectuada por agentes del Estado o particulares, y que cause privación, perturbación o amenaza en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política de la República de Chile o en los tratados internacionales sobre Derechos Humanos ratificados y que se encuentren vigentes.

Una discriminación es arbitraria cuando se funda en motivos tales como la raza o la etnia, la nacionalidad, la situación socioeconómica, el idioma, la ideología u opinión política, la religión o creencia, la sindicación o participación en organizaciones gremiales o la falta de ellas, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, el estado civil, la edad, la filiación, la apariencia personal y la enfermedad o discapacidad.

El artículo 26 de la LGE establece que la Educación Parvularia no exige requisitos mínimos para acceder a ella. Por consiguiente, impedir el acceso o no autorizar el poder integrar el proceso de admisión a este nivel, impetrando la falta de control de esfínter del niño o niña, carece de insuficiente fundamento, afectando la igualdad de trato entre niños que no poseen una habilidad frente a otros que podrían haberla adquirido dentro de su desarrollo o aprendizaje biológico, psicológico y social categorizándose así este hecho dentro del umbral de la discriminación arbitraria.

  • LEY DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR N°20.066: Protege a los niños, niñas y adolescentes que sean víctimas o incluso testigos de violencia. Los adultos de las Escuelas están mandatados a denunciar en caso de vulneración de derechos constitutivos de delito; el maltrato habitual, delito regulado en la ley de VIF, debe ser denunciado en los términos del art. 175 y 176 del Código Procesal Penal. Este artículo dispone la obligación de todos los funcionarios públicos de denunciar delitos, dentro del plazo de 24 horas de ocurridos o desde que tomaron conocimiento de su ocurrencia.
  • LEY TRIBUNALES DE FAMILIA N° 19.968: El vínculo de esta ley con el presente instrumento implica que cualquier adulto de la comunidad educativa puede requerir una medida de protección en caso de tener la presunción de vulneración de derechos hacia niñas y niños. Asimismo, pueden ser requeridos por el tribunal a través de una medida de protección solicitada también por cualquier adulto de la comunidad educativa. Por tanto, todos/as los/as adultos/as de las Escuelas están mandatados a denunciar en caso de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes.
  • LEY DE MALTRATO A PERSONAS EN SITUACIÓN ESPECIAL: La Ley N°

21.013 “Por la que se tipifica, aumenta y extiende la protección dada por el ordenamiento a personas consideradas especialmente vulnerables, con énfasis en los nuevos delitos de maltrato corporal y trato degradantes cometidos contra personas en situación de discapacidad, menores de edad y adultos mayores”.

Responde a un vacío legal sancionando el maltrato a ciertas personas en situación de vulnerabilidad, aumentando las penas y estableciendo nuevas sanciones. Esta ley establece nuevos delitos, agravante, y sanciones como es:

– Maltrato Corporal Relevante: El que, de manera relevante (se refiere a una agresión física, sin necesidad de que exista como resultado una lesión

Se requiere que el maltrato sea relevante, lo que implica una afectación del “bien jurídico protegido” por la ley. Se trata de un nivel mínimo de manifestación de la conducta en relación con el efecto objetivo que se causa.

-Maltrato Psicológico Degradante: El someter a una de las personas en situación especial a un trato degradante, menoscabando gravemente su dignidad, será sancionado con la pena de presidio menor en su grado mínimo.

-Figura Agravada de Maltrato Corporal: El que, teniendo un deber especial de cuidado o protección respecto de alguna de las personas referidas en el inciso primero, será castigado con la pena de presidio menor en su grado mínimo, salvo que el hecho fuese constitutivo de un delito de mayor gravedad, caso en el cual se le aplicará sólo la pena asignada por la ley a éste.

  • LEY N°21.128 AULA SEGURA : El Reglamento Interno es un instrumento fundamental para organizar el funcionamiento de los establecimientos educacionales donde se regula las situaciones que involucren a algún miembro de la comunidad educativa, relacionadas al contexto escolar, ocurridas dentro del establecimiento educacional; de trayecto, en actividades programadas y/o autorizadas, en su participación, por el establecimiento en espacios externos a este (salidas pedagógicas, ferias educativas, giras de estudios, talleres extraescolares, etc.).

La Ley Aula Segura, en tanto exista alguna situación mencionada en la misma, donde la prioridad del establecimiento será mantener una actitud crítica frente a los antecedentes, logrando resguardar la integridad de todos los actores del establecimiento, enfatizando en que se cumplan los protocolos del debido proceso de la manera más transparente.

Dicha Ley Indica que: “Siempre se entenderá que afectan gravemente la convivencia escolar los actos cometidos por cualquier miembro de la comunidad educativa, tales como profesores, padres y apoderados, estudiantes, asistentes de la educación, entre otros, de un establecimiento educacional, que causen daño a la integridad física o psíquica de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa o de terceros que se encuentren en las dependencias de los establecimientos, tales como agresiones de carácter sexual, agresiones físicas que produzcan lesiones, uso, porte, posesión y tenencia de armas o artefactos incendiarios, así como también los actos que atenten contra la infraestructura esencial para la prestación del servicio educativo por parte del establecimiento.”

  • RESOLUCIÓN EXENTA N°0812, 21 DIC 2021. DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ESTUDIANTES TRANSGENEROS: La Ley 21.120 reconoce y da protección al derecho a la autodefinición de identidad de género.

En su contenido especifica los siguientes conceptos:

  1. Género: Se refiere a los roles, comportamientos, actividades y atributos construidos social y culturalmente en torno a cada sexo biológico, que una comunidad en particular reconoce en base a las diferencias biológicas.
  2. Identidad de Género: Convicción personal e interna de ser hombre o mujer, tal como la persona se percibe a sí misma, la cual puede corresponder o no con el sexo y nombre verificados en el acta de inscripción de nacimiento.
  3. Expresión de Genero: Manifestación externa del género de la persona, la cual puede incluir modos de hablar y vestir, modificaciones corporales o formas de comportamiento e interacción social, entre otros aspectos.
  4. Trans: Término general referido a personas cuya identidad y/o expresión de género no se corresponde con las normas y expectativas sociales tradicionalmente asociadas con su sexo verificado en la partida de nacimiento.

En el ámbito de la Educación Parvularia, la Superintendencia de Educación, en su ORD N°0768 de 2017, establece la importancia de resguardar los derechos de las estudiantes en razón a su identidad de género. Dado lo anterior, resulta necesario precisar algunos principios orientadores para la comunidad educativa respecto al reconocimiento y protección de la identidad de género, y en especial, de los derechos de las y las estudiantes trans en los establecimientos educacionales:

             Derecho de Dignidad del Ser Humano

             Derecho de Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente (NNA)

             Derecho de No Discriminación Arbitraria

             Derecho a la Buena Convivencia Escolar.

 

  • Ley 20.422 ESTABLECE NORMAS SOBRE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES E INCLUSIÓN SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD: El objeto de esta ley es asegurar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, con el fin de obtener su plena inclusión social, asegurando el disfrute de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación fundada en la discapacidad.
  • RESPECTO DE          NIÑAS  Y             NIÑOS  CON       NECESIDADES   EDUCATIVAS

ESPECIALES (NEE):En términos generales, se considera que un estudiante presenta NEE cuando por “una amplia variedad de razones” muestra dificultades mayores en comparación al resto de sus compañeros para acceder a los aprendizajes que le corresponden de acuerdo a su edad o curso, requiere para compensar dichas dificultades, apoyos extraordinarios y especializados, que de no proporcionárseles limitan sus oportunidades de aprendizaje y desarrollo. Por lo tanto, las NEE cubren un rango de necesidades que incluyen discapacidades físicas, sensoriales, mentales y cognitivas, así como dificultades del aprendizaje, emocionales y sociales.

  1. ALCANCE

El alcance del presente Reglamento Interno tiene por meta el contribuir a crear las condiciones técnico pedagógico y administrativo que propicien un clima organizacional adecuado a las necesidades del establecimiento, con el fin de favorecer el desarrollo del proceso educativo. A su vez, propiciar y regular las relaciones entre el establecimiento educacional y la comunidad organizada, en función del logro de los propósitos educativos.

El Reglamento Interno, tal como indica su nombre, regula la interacción de todos quienes ´pertenecen a la comunidad escolar de la Escuela de Párvulos Kimn. Disponiendo de derechos y deberes para todos ellos con el fin que todos puedan cumplir con las metas establecidas y con la finalidad del establecimiento que es Educar Párvulos. De esta forma se ordena la estructura de funcionamiento del sistema completo a objeto de lograr la fluidez de las funciones e interrelaciones en busca de alcanzar las metas propuestas buscando crear conciencia y cautelando a la vez los derechos y deberes de los integrantes de la comunidad escolar, promoviendo su desarrollo personal y social.

El dinamismo de las adecuaciones y perfeccionamiento de la actividad desarrollada en recintos educacionales o el no tener cubierto una indicación importante para la comunidad escolar, obliga a que este Reglamento sea periódicamente actualizado. La difusión de este documento a todos quienes conforman esta comunidad educativa permitirá que cada uno cumpla su cometido en pleno conocimiento del marco formal en que se debe desenvolver, principalmente en lo referido a lo que está expresamente prohibido y que pueda afectar a los alumnas y alumnos y que pueda vulnerar sus completos derechos.

  1. MODELO DE FISCALIZACION CON ENFOQUE EN DERECHOS Y LIBERTADES.

La Superintendencia de Educación, como organismo parte del Sistema de Aseguramiento de la Calidad (SAC), es partícipe y responsable de promover la mejora continua de la calidad de la educación de los establecimientos educacionales. Es en vista de este mandato que la institución ha debido transitar gradualmente desde un modelo de fiscalización basado en una codificación de hechos, enfocado en el incumplimiento y la sanción asociada (Res. Exenta N° 290, abril 2013), hacia un modelo de fiscalización construido sobre la base de la protección de los derechos educacionales, libertades fundamentales y bienes jurídicos que inciden en los distintos procesos que se despliegan al interior de los establecimientos educacionales, promoviendo mejores prácticas que apunten a la mejora continua de éstos.

Actualmente, dicho modelo se orienta, en consecuencia, a la protección de los derechos educacionales, libertades fundamentales y bienes jurídicos educativos, entendiendo a estos últimos como aquellos valores o intereses que dan sentido a la normativa y suponen el objeto mismo de la legislación educacional.

En materia educativa, el actual modelo de fiscalización se sustenta en cuatro fundamentos. Estos son:

5.1         Reforma Educacional:

La Reforma Educacional, reconoce a la educación como un derecho social fundamental para el desarrollo del país y buscan mejorar la calidad del sistema educativo en sus distintos niveles. Este cambio de paradigma exige a la Superintendencia de Educación contar con un modelo de fiscalización que integre los principios y objetivos que orientan las últimas transformaciones legales en el ámbito educativo, como la Ley de Inclusión Escolar (2016) y la normativa que modifica la estructura institucional del nivel de Educación Parvularia.

5.2         Enfoque de Derecho:

El modelo de Fiscalización se orienta, en consecuencia, a la protección de los derechos educacionales, libertades fundamentales y bienes jurídicos educativos, entendiendo a estos últimos como aquellos valores o intereses que dan sentido a la normativa y suponen el objeto mismo de la legislación educacional.

Representan un interés fundamental tanto para el desarrollo del proceso educativo, como para los integrantes de la comunidad.

5.3         Cobertura normativa:

Esta se refiere al conjunto de leyes, decretos, reglamentos, circulares e instrucciones      aplicables            en           el                ámbito educativo. Para el desarrollo del nuevo modelo, la Superintendencia ha realizado una revisión exhaustiva de la normativa educacional vigente, organizando la información en una plataforma virtual Buscador Normativo ( buscadornormativo.supereduc.cl) , con el propósito de generar un espacio abierto donde todos los ciudadanos tengan acceso al conocimiento de los derechos y bienes jurídicos de la comunidad educativa, y obligaciones que la normativa educacional vigente define para los establecimientos.

5.4         Mejora continua en establecimientos:

Con esta nueva forma de fiscalizar, la Superintendencia busca impulsar prácticas y procesos de mejora continua que promuevan la calidad en los establecimientos educacionales, superando la percepción de la fiscalización como un proceso meramente sancionatorio, sino que, como una oportunidad de mejorar los procesos que desarrolla cada unidad educativa, beneficiando a los niños y niñas que participan de éstos.

  1. PRINCIPIOS

Este Reglamento Interno está construido en base a los siguientes principios:

  • DIGNIDAD DEL SER HUMANO: se define como el derecho que tiene cada ser humano, de ser respetado y valorado como ser individual y social, con sus características y condiciones particulares, por el solo hecho de ser persona.
  • INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO Y NIÑA: La Ley 21.430, en su artículo 7, define que el interés superior del niño, niña y adolescente es un derecho, un principio y una norma de procedimiento, que se basa en una evaluación de todos los elementos del interés de uno o varios niños en una situación concreta. Significa que todas las decisiones que se tomen en relación a un niño, niña o adolescente deben ir orientadas a su bienestar y pleno ejercicio de derechos y deberán tener como objetivo principal el disfrute pleno y efectivo de sus derechos, para favorecer su desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social
  • NO DISCRIMINACIÓN ARBITRARÍA: La igualdad y no discriminación arbitraria de los niños, niñas y adolescentes se basa en que todos tienen derecho a la igualdad en el goce, ejercicio y protección de sus derechos, sin discriminación arbitraria, en conformidad con la Constitución Política de la República, la Convención sobre los Derechos del Niño y otros tratados internacionales de derechos humanos ratificados por Chile que se encuentren vigentes y la ley.
  • LEGALIDAD: Escuela de Párvulos KIMN, propicia en cada uno/a de sus integrantes la actuación en conformidad a lo señalado en la legislación vigente; describiendo en el Reglamento Interno conductas y situaciones que forman parte del diario convivir de la comunidad educativa.
  • JUSTO Y RACIONAL PROCEDIMIENTO: Este principio es manifestación de la garantía constitucional consagrada en el artículo 19, N° 3, inciso 6°, de la Constitución Política de la República. Conforme a lo anterior, las medidas disciplinarias que determinen los establecimientos educacionales deben ser aplicadas mediante un procedimiento racional y justo, establecido en el Reglamento Interno.
  • PROPORCIONALIDAD: El Principio de proporcionalidad consiste en establecer un límite a la discrecionalidad de las autoridades del establecimiento educacional para determinar las sanciones aplicables a las faltas establecidas en el Reglamento interno. En consecuencia, la calificación de las infracciones (ej. leve, menos leve, grave) contenidas en el Reglamento interno deben ser proporcionales a la gravedad de los hechos o conductas que las constituyen. Asimismo, las medidas disciplinarias que se establezcan deben ser proporcionales a la gravedad de las infracciones. Deben aplicarse de manera gradual y progresiva, procurando agotar aquellas medidas de menor intensidad antes de utilizar las más graves.
  • TRANSPARENCIA: La información desagregada del conjunto del sistema educativo, incluyendo los ingresos y gastos y los resultados académicos debe estar a disposición de los ciudadanos, a nivel de establecimiento, comuna, provincia, región y país. La Escuela de Párvulos KIMN, a través de diferentes canales de comunicación identificados en el Reglamento Interno, debe poner a disposición aquella información a la comunidad educativa tal como es y no tergiversar su contenido, magnitud y calidad disponible. Lo importante al formar una cultura de transparencia, es que finalmente ésta resulta ser la base que construye el concepto de confianza en la relación cotidiana, y resulta ser un elemento esencial al trabajar con niños y niñas de cada nivel.
  • PARTICIPACIÓN: La Escuela de Párvulos KIMN, está formada por una comunidad educativa  compuesta  por  directivos,  docentes,  estudiantes,

apoderados y apoderadas; asistentes de la educación; personas de los servicios auxiliares y administrativas. Todos ellos tienen un rol que cumplir en la formación integral de los niños y niñas, por ello, es importante que participen en las instancias más relevantes de la vida, tal como lo especifica el MINEDUC en su Política de Participación de las Familias y la Comunidad en las instituciones educativas. La participación en el sistema educativo permite garantizar que las decisiones son la resultante del diálogo, de la negociación y de la valoración de las opiniones de los implicados. Esto es así porque en el concepto de participación están integradas tanto la representatividad como la responsabilidad. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a ser informados y a participar en el proceso educativo en conformidad a la normativa vigente.

  • AUTONOMÍA Y DIVERSIDAD: La Escuela de Párvulos KIMN, adscribe al principio considerando que la Autonomía Progresiva es la capacidad de los niños y niñas y adolescentes de ejercer sus derechos a medida que se desarrollan mental y físicamente. Del artículo 5° de la Convención de los Derechos del Niño (CDN), se desprende el principio de la autonomía progresiva del niño que establece que la autonomía del niño, niña o adolescente es progresiva, de acuerdo con la evolución de sus facultades, posibilitando a los padres o a la persona que esté a su cargo, impartir la dirección y orientación apropiada para que el niño pueda ejercer sus derechos. Este principio viene a afectar la facultad de representación y algunas facultades, deberes y responsabilidades de la filiación como la educación, la religión que tienen los padres o las personas a cuyo cargo se encuentren respecto de sus hijos o pupilos
  • RESPONSABILIDAD: Todos los actores del proceso educativo deben cumplir sus deberes y rendir cuenta pública cuando corresponda. La Escuela de Párvulos KIMN, en consecuencia, con su función social recomienda que cada uno/a de sus miembros cumpla con sus deberes como así también que ejerzan sus derechos en un contexto de convivencia que permita el resguardo de la calidad de los procesos educativos como así también la seguridad de niños y niñas. La responsabilidad colectiva es de todos los adultos para con los alumnos y alumnas en cuanto a su seguridad y brindar el mejor bienestar en su jornada diaria al interior del establecimiento. El principio de responsabilidad en el Reglamento Interno se refiere al deber de toda la comunidad de contribuir al desarrollo y perfeccionamiento del establecimiento, de lo cual se deriva que, todos los actores de los procesos educativos, junto con ser titulares de determinados derechos, deben cumplir también determinados deberes.
  • UNIVERSALIDAD Y EDUCACIÓN PERMANENTE: La educación debe estar al alcance de todas las personas a lo largo de toda la vida. El término “universalización” en educación se ha usado generalmente para referirse al acceso a la matrícula, en los distintos niveles y modalidades del sistema educativo.
  • CALIDAD DE LA EDUCACIÓN: La educación debe asegurar que todos los alumnos y alumnas, independientemente de sus condiciones y circunstancias, alcancen los objetivos generales y los estándares de aprendizaje que se definan en la forma que establezca la ley. Ahora bien, se entiende que la calidad educativa está compuesta por dos principios: el desarrollo cognitivo del estudiante, por un lado, y la promoción de actitudes y valores cívico, por el otro. La calidad del sistema educativo es la cualidad que resulta de la integración de las dimensiones de pertinencia, relevancia, eficacia interna, eficacia externa, impacto, suficiencia, eficiencia y equidad. Los principios fundamentales de no discriminación, de solidaridad, de igualdad de oportunidades y de trato, y de acceso universal a la educación están firmemente anclados en la Constitución de la UNESCO. Estos principios sustentan el derecho a la educación y ofrecen la base para la acción normativa de la Organización. La calidad del sistema educativo es la cualidad que resulta de la integración de las dimensiones de pertinencia, relevancia, eficacia interna, eficacia externa, impacto, suficiencia, eficiencia y equidad- La calidad, pues permite que las competencias que desarrollen las personas como resultado del proceso educativo sean oportunas, significativas, pertinentes, actuales, flexibles y suficientes para la realización de sus potencialidades y de su proyecto de vida. Sin calidad no es posible lograr una sociedad verdaderamente libre, justa y desarrollada.
  • INTERCULTURALIDAD: El sistema debe reconocer y valorar al individuo en su especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión e historia. MINEDUC confeccionó el documento: “EDUCACION PARVULARIA EN ESCUELAS CON ENFOQUE INTERCULTURAL.” Con el propósito de fortalecer la conservación de la lengua y la cultura desde una perspectiva pedagógica. Para esto, la ley indica que los establecimientos educacionales con alto porcentaje de estudiantes indígenas deberán considerar como objetivo general el desarrollo de la lengua, de manera oral y escrita, reconociendo su historia y conocimientos de origen (artículos 28, 29 y 30).
  • GRADUALIDAD: El principio de gradualidad se ve reflejado en las medidas disciplinarias del Reglamento Interno, en tanto, deben ser ajustadas en equilibrio o correspondencia a la magnitud de las faltas, desde la menor intensidad a las más gravosas (ej. leve, menos leve, grave). Cabe destacar que es deber de las autoridades agotar aquellas sanciones de menor intensidad antes de utilizar las más graves.
  • OBJETIVIDAD: La Objetividad en todo ámbito, se refiere a expresar la realidad tal cual es indicando claramente la cualidad de objetivo. La objetividad está desligada de los sentimientos y de la afinidad que una persona pueda tener con respecto a otro individuo, objeto o situación. La objetividad solo debe indicar aquello que es real y existente, es decir, que es imparcial. En educación se presentan diversas instancias en las cuales es necesario actuar con objetividad, esto es, imparcialidad. Un ejemplo es el proceso de admisión a establecimientos educacionales.
  • EQUIDAD E IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: La equidad es un término que implica justicia (dar a cada uno lo que le pertenece) e igualdad. Por tanto, abarca lo anteriormente mencionado. Pero, a diferencia de la igualdad, la equidad parte de lo que uno necesita y se centra en
  • Las diferencias existentes entre las personas.
  • Las diferentes clases sociales y niveles económicos.
  • Estado.
  1. ASPECTOS GENERALES

7.1         FUNDAMENTOS DEL CURRICULUM INTEGRAL

El currículo que utiliza la Escuela de Párvulos Kimn es el integral y concibe al párvulo como una unidad biopsicosocial integral, y plantea un trabajo educativo articulado entre los Párvulos, personal, familia y comunidad. Este enfoque curricular favorece una educación de calidad, oportuna y pertinente, propiciando aprendizajes importantes y significativos teniendo siempre presente el bienestar, desarrollo y trascendencia de los niños y niñas como individuos únicos, irrepetibles y futuros participantes activos en la reconstrucción de una nueva y mejor sociedad.

Para nuestra Escuela de Párvulos es importante la integración y el trabajo educativo en conjunto con las familias. Considerando a estos como primer agente educativo en la vida de los niños y niñas, es por esto que constantemente se invita a las familias a participar activamente en las diversas actividades pedagógicas, que se realizan en el establecimiento, con el fin de brindar una cohesión de la labor educativa, realizando un trabajo más significativo, con los Párvulos y familias, tomando siempre en cuenta los valores y derechos del niño/a.

Para orientar el quehacer pedagógico al interior del establecimiento se considera como fundamental los Principios Pedagógicos de la Educación Parvularia visualizando a los niños y niñas como personas que aprenden confiados y capaces.

7.2         PRINCIPIOS PEDAGÓGICOS

  • PRINCIPIO DE BIENESTAR: Este principio conlleva que el niño y niña sea considerado en la totalidad de sus necesidades, ya sea de protección, protagonismo, afectividad y de conocimiento, y estarán plenamente considerados dentro del marco de enseñanza que empleamos en nuestro jardín. Es algo presente en cada una de las instancias, ya sea en el momento de la rutina, como así también en el proceso educativo. Es nuestro deber y obligación crear un ambiente propicio para el buen desarrollo integral de los niños y niñas.
  • PRINCIPIO DE ACTIVIDAD: Nos señala que los niños y niñas deben ser protagonistas de su aprendizaje, está plenamente considerado en nuestro currículum, ya que, por las características de éste, cada niño y niña es quien dirige su quehacer a través de la elección de un rincón para ir a jugar, la ejecución de lo que desea hacer y el recordar a modo de evaluación lo realizado.
  • PRINCIPIO DE SINGULARIDAD: El respeto a su individualidad es fundamental en el desarrollo de cada niño y niña, y en cada instancia en los diferentes momentos de nuestra rutina. El hecho de contar con una cantidad de Párvulos por nivel más reducida nos permite llevar a cabo con mejores resultados este principio.
  • PRINCIPIO DE POTENCIACIÓN: Es fundamental para fortalecer las habilidades que cada niño y niña tiene, lo que redundará en mayor seguridad en sí mismo. Esta también considerado en nuestro quehacer diario a través de cada una de las diferentes actividades que se realizan.
  • PRINCIPIO DE RELACIÓN: Durante el tiempo de permanencia de los niños y niñas en el jardín, ellos se relacionan de diferentes maneras con sus pares, ya sea durante las actividades grupales, durante el juego, como también en las horas de patio. Se crean instancias de interacción también con otros adultos, a través de visitas según los temas, y paseos, donde se comparte con los padres o madres de otros compañeros. El contacto con las tías es permanente, se les permite expresarse libremente, narrar sus historias y contar sus propias experiencias, siendo escuchados y compartiendo diálogos en ellos.
  • PRINCIPIO DE UNIDAD: Se entiende al niño y niña como toda persona único e indivisible, por lo cual lo que se desarrolla, se considera al niño y niña como un todo. Cada una de las diferentes instancias de la rutina potencian este principio.
  • PRINCIPIO DEL SIGNIFICADO: cada una de las actividades como los temas que se desarrollan, al realizarse o más bien llevarse a la práctica con los Párvulos son tratados en base a hechos y experiencias que puedan significar para el niño y niña algo, es por eso que se realiza mucha conversación a nivel de grupo, para así rescatar de cada uno de ellos las experiencias que puedan aportar y que los acerquen más a lo que se está tratando. También y como recurso importante se les da la oportunidad de tener variadas y ricas experiencias en la misma instancia educativa a través del contacto concreto con las cosas.
  • PRINCIPIO DE JUEGO: este es nuestro mayor y fundamental principio, el juego es la principal instancia dentro de la rutina y a través de él aprovechamos de insertar diferentes aprendizajes que deseamos que el niño y niña tenga. En la planificación tenemos incorporado el juego tratando de llevarlo a cada experiencia junto con la imaginación y la creatividad al momento de pensar y dibujar lo que se desea hacer, y la libertad de elegir diversos materiales o el juego propiamente tal, lo que hace a un niño y niña más contento y feliz.

7.3         MISIÓN

La misión de la Escuela de Párvulos KIMN consiste en brindar y potenciar a niños y niñas desde la edad de 0 a 5 años 11 meses con una educación integral t de calidad, oportuna y pertinente que propicie aprendizajes relevantes y significativos en función de su bienestar, para así enfrentar las etapas y retos posteriores de su vida escolar y social con una preparación apropiada para su vida futura.

7.4         VISIÓN

Ser una Escuela de Párvulos de excelencia educativa ofreciendo un servicio de calidad, innovador y que este siempre a la vanguardia de los avances pedagógicos, generando satisfacción, confianza y contribuyendo al desarrollo integral del niño y niña.

7.5         SELLO

“SABER, CONOCER Y APRENDER JUGANDO”, conceptos que derivan del término KIMN, verbo de la lengua originaria mapudungun, que sabiamente aglutina estas expresiones en la idea final definida que es “APRENDER JUGANDO”.

8,. DERECHOS Y DEBERES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

Todos los integrantes de nuestra comunidad educativa deberán promover, asegurar una sana convivencia escolar y realizar sus actividades bajo el respeto mutuo y la tolerancia. la comunidad educativa tiene derecho a desarrollarse en un ambiente sano y recibir la información integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a denunciar, reclamar, ser oídos y exigir que sus demandas sean atendidas en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre los integrantes de la comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.

8.1         SOSTENEDOR:

El sostenedor de la Escuela de Párvulos KIMN es responsable del funcionamiento del establecimiento.

  • Responderá a los reclamos, consultas y solicitudes efectuadas por quienes integran la comunidad educativa, siempre que los mismos se efectúen de conformidad a la ley y lo establecido en este Reglamento, en términos formales y respetuosos, resguardando los conductos regulares estipulados para ello.
  • Velará en conjunto con la directora, por el correcto funcionamiento del Consejo Escolar.
  • Tiene, de acuerdo a la ley, los siguientes deberes con la comunidad educativa: – Cumplir con los requisitos para mantener el reconocimiento oficial. – Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar. – Entregar a los padres y apoderados la información que determine la ley.

8.2         DIRECTORA:

Evalúa la eficiencia de los métodos de enseñanza y el ambiente de aprendizaje. En general, es responsable de que todas las capacidades humanas y materiales del establecimiento se depositen en la función educacional que se aboca a las alumnas y alumnos, dentro de un ambiente de bienestar y seguridad.

Derechos:

  • Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
  • Que se respete su integridad física, psicológica y moral.
  • Proponer las iniciativas que estimaren pertinentes para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por este Reglamento; procurando, además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.
  • Ser tratadas con dignidad por parte de todos los/las integrantes de la comunidad educativa.

Deberes:

  • Dirigir, administrar, supervisar y coordinar las diferentes actividades que se implementan en el establecimiento.
  • Conducir y liderar el Proyecto Educativo, forjando una comunidad orientada hacia el logro de los aprendizajes.
  • Gestionar, orientar y coordinar a los diferentes actores que conforman la comunidad educativa; así como sus procesos, cautelando el cumplimiento de los lineamientos y las orientaciones establecidas.
  • Desarrollarse profesionalmente.
  • Promover en los/las docentes, el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de sus metas educativas.
  • Cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen.
  • Realizar supervisión y acompañamiento pedagógico en la sala de clases.
  • Proteger el derecho de los/las estudiantes de estar en un ambiente formativo sano, libre de situaciones de maltrato físico, sexual o psicológico; proveyendo una normativa y procedimientos claros en la búsqueda de este objetivo.
  • Asegurar una educación de calidad a los/las estudiantes en conformidad con el proyecto Educativo Institucional del establecimiento.
  • Tratar con dignidad y respeto a quienes integran la comunidad educativa.
  • Las funciones de la directora, en su ausencia, serán asumidas por la subdirectora del establecimiento

8.3         EDUCADORA DE PARVULOS:

Profesional de la educación encargado de impartir conocimientos teórico prácticos, planificando, ejecutando y evaluando el proceso de enseñanza aprendizaje de alumnos y alumnas, tomando como referencia las Bases Curriculares de la educación Parvularia y las necesidades e intereses de los alumnos a fin de lograr el desarrollo de sus conocimientos y destrezas, y que además coordina actividades educacionales, formativas y comunicacionales con apoderados del curso en el cual desempeña su función.

Derechos:

  • Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
  • Que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.
  • Proponer las iniciativas que estimen útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por este reglamento, procurando, además, disponer de los espacios adecuados para realizar en mejor forma su trabajo.

Deberes:

  • Ejercer la función docente en forma idónea y responsable
  • Actualizar sus conocimientos y evaluarse periódicamente.
  • Investigar, exponer y enseñar los contenidos curriculares correspondientes a cada nivel educativo establecidos por las bases curriculares y los planes y programas de estudio.
  • Respetar tanto las normas del establecimiento como los derechos de los/las estudiantes.
  • Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los/las estudiantes y demás integrantes de la comunidad educativa

.8.4 TÉCNICO EN PARVULOS

Debe apoyar las actividades del proceso enseñanza-aprendizaje, colaborando con la Docente del nivel con el desarrollo integral de niños y niñas, atender a su bienestar físico, emocional y cognitivo e incorporarlo al medio social, natural y cultural, estimulando el lenguaje artístico y verbal, coordinando actividades en apoyo, en conjunto y complementarias con la educadora, a fin de lograr el desarrollo de sus habilidades y destrezas, incorporando el desarrollo de valores y hábitos en el proceso de enseñanza-aprendizaje y en el Reglamento de Convivencia Escolar y todas las normas asociadas al rol educacional.

Derechos:

  • Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
  • Que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de demás integrantes de la comunidad educativa.
  • Proponer las iniciativas que estimaren pertinentes para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por este Reglamento.

Deberes:

  • Ejercer su función en forma idónea y responsable.
  • Respetar las normas del establecimiento.
  • Tener un trato respetuoso y sin discriminación arbitraria con los/las estudiantes y demás integrantes de la comunidad educativa.
  • Mostrar idoneidad moral y psicológica.

8.5         SECRETARIA.

Es la persona responsable de responder a las necesidades administrativas del Jardín.

Derechos:

  • Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
  • Que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de los demás integrantes de la comunidad educativa.

Deberes:

  • Desarrollar su trabajo en estrecha y activa colaboración con el sostenedor.
  • Atender al público con cortesía, evitando largas conversaciones sobre asuntos ajenos a su quehacer.
  • Recibir correspondencia y distribuirla oportunamente.

8.6         MANIPULADORA DE ALIMENTOS

Las funciones de un manipulador de alimentos son: cocinar, preparar, servir, empacar, exhibir y almacenar los alimentos.

Derechos:

  • Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
  • Que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de demás integrantes de la comunidad educativa.

Deberes:

  • Ejercer su función en forma idónea y responsable.
  • Respetar las normas del establecimiento.
  • seguir todas las instrucciones de seguridad emitidas por un empleador
  • realizar sus deberes de tal manera que no afecten la salud y seguridad de ellos mismos

8.7         AUXILIAR DE ASEO

Tienen como función mantener el aseo y orden de todas las dependencias de la Unidad Educativa.

Derechos:

  • Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo.
  • Que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios, degradantes o maltratos psicológicos por parte de demás integrantes de la comunidad educativa.

Deberes:

  • Ejercer su función en forma idónea y responsable.
  • Respetar las normas del establecimiento.

8.8         MADRES, PADRES Y APODERADAS – APODERADOS.

Para todos los efectos, apoderados serán: el padre, la madre o el tutor legal del alumno (mayor de edad).

Derechos:

  • Participar con derecho a voz y voto en las reuniones de madres, padres, apoderadas y apoderados.
  • Ser elegidos a los cargos que los apoderados lleguen a acordar.
  • Participar en los eventos culturales y recreativos que se programen con la participación de apoderados.
  • Solicitar entrevista con profesores, profesor jefe o algún directivo.

Deberes:

  • Comprometerse a colaborar en el cumplimiento de las normas de convivencia que tiene el establecimiento, a formar hábitos y actitudes correctas, como son:
  • Respetar el conducto regular establecido en este Reglamento para efectuar reclamos, consultas y/o solicitudes.
  • Apoyar los procesos educativos del colegio. Informarse, respetar y contribuir a dar cumplimiento al Proyecto Educativo Institucional, al Reglamento Interno, a las normas de convivencia y al adecuado funcionamiento del establecimiento.
  • Revisar diariamente la agenda escolar de su pupilo/a.
  • Mantener actualizados los datos de contacto; dirección, teléfono, correo electrónico, etc.
  • Respetar este Reglamento Interno y brindar un trato respetuoso a los/las integrantes de la comunidad educativa.
  • Informar oportunamente cualquier alergia, enfermedad o circunstancia que pueda poner en peligro la vida o la salud de los/las estudiantes en el establecimiento o en las salidas debidamente programadas.
  • Poner en conocimiento de la Dirección, cualquier situación de abuso o maltrato hacia un/una estudiante, por parte de cualquier integrante de la comunidad educativa.
  • Justificar la inasistencia a clases de su hijo/a, como así también, la propia ausencia a reuniones, jornadas o actividades oficiales promovidas por el establecimiento (por escrito o personalmente, según sea el caso).
  • Velar por la buena asistencia, puntualidad, aseo y presentación de su pupilo/a.
  • Mantenerse informado sobre el proceso de formación de su hijo/a
  • Aceptar sugerencias respecto de la búsqueda de soluciones ante eventuales dificultades académicas y conductuales de su hijo/a, especialmente las exigidas en las cartas de compromiso escolar establecidas por la unidad educativa
  1. REGULACIONES TÉCNICO-ADMINISTRATIVAS SOBRE ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO GENERAL DEL ESTABLECIMIENTO.

La Escuela de Párvulos KIMN, es un plantel de Educación Parvularia, el cual cuenta con Reconocimiento Oficial del Estado para ejercer dicha función, lo cual realiza de acuerdo con el siguiente detalle:

Tramos curriculares que imparte el colegio en nivel parvulario

Sala cuna menor:

Sala cuna mayor

Medio menor.

Medio mayor

Transición menor (NT1)

9.1         REQUISITOS DE EDAD PARA INGRESAR

Por disposición del Ministerio de Educación, la edad del alumno o alumna debe considerarse cumplida hasta el 31 de marzo del año en curso.

NOTA: Pueden existir modificaciones en las jornadas por actividades extraprogramáticas, lo que será oportunamente informado por la Dirección. Asimismo, en el caso de vísperas de Fiestas Patrias, Navidad o Año Nuevo que coincidan con días hábiles, el horario de atención será hasta las 14:00 hrs, momento en el cual todo el personal docente se retira del establecimiento.

 

9.4         SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES

La Escuela de Párvulos Kimn, sólo en los siguientes casos suspende sus actividades:

             Por orden ministerial (Educación y Salud)

             Por fenómenos naturales que impiden seguir con el funcionamiento.

             Cortes del suministro de agua o luz.

             Feriados, ya sean, renunciables o irrenunciables.

             Por situaciones de afectación de la seguridad pública que puedan alcanzar al establecimiento o al libre y seguro desplazamiento de sus alumnos y docentes.

 

 

9.5         AÑO LECTIVO ESCOLAR

  • La Escuela de Párvulos Kimn se rige por calendario del MINEDUC.
  • Durante el receso en periodo de vacaciones de invierno el establecimiento interrumpe sus actividades educativas según temática y permanece abierto para recibir a niños y niñas entregándoles otro tipo de actividades más lúdicas. En este receso se realizarán evaluaciones correspondientes al primer semestre.
  • En el periodo de enero y febrero el establecimiento funciona como Escuela de Verano, entregando actividades de talleres y de entretención.

 

9.6         ATRASOS, INASISTENCIAS Y RETIROS ANTICIPADOS

 

  1. Atrasos: En Educación Parvularia no corresponderá considerar los atrasos de niños y niñas, ya que generalmente, estos se relacionan con factores propios de la edad. No obstante, se fomentará la puntualidad y así el niño y niña no pierde su derecho a recibir conocimientos pedagógicos y, a la vez, no interrumpe las actividades de su curso. En este punto se considera “atraso” cuando un párvulo ingresa al establecimiento después de las 09:30 hrs, horario en que comienza nuestra rutina diaria de aprendizajes. Lo mismo en la jornada tarde, cuando las actividades para el día ya se han iniciado.
  2. Inasistencias: Es deber de los padres o apoderados dar aviso al establecimiento por cada inasistencia del niño o niña. En el caso de ser reiterativas y sin dar aviso, la educadora de Párvulos deberá comunicarse con el apoderado respectivo, para saber la situación del niño o niña.
  3. Retiros anticipados: la persona encargada del retiro deberá dejar registro de esto en el libro correspondiente.

 

 

9.7                         ENTREGA DE ALUMNOS Y ALUMNAS A APODERADOS O UN TERCERO

             El padre, madre o apoderado del alumno (a), informará al establecimiento mediante la Ficha del Alumno, la identidad y RUT de la persona que autoriza para retirar a su pupilo del Jardín o Sala Cuna. Al retirar al alumno, dicha persona deberá dejar registro con sus datos, motivo y firma en libro exclusivo para este fin.

             En ningún caso se entregarán alumnos a personas menores de 18 años.

             En caso de no ser factible identificar a la persona que retira, por seguridad del alumno, no se permitirá su salida del establecimiento.

             Una vez entregado al menor, el adulto quien retira es quien asume la responsabilidad de su seguridad y atención que este requiera.

 

 

9.8         ATENCIÒN DE MADRES, PADRES Y APODERADOS

             Las Educadoras de Párvulos cuentan con un horario definido para realizar entrevistas personales con cada una de los respectivos padres o Apoderado, lo cual es informado en la primera reunión de apoderados de cada año.. Sin agendamiento previo no será posible atender apoderados, ya que implica dejar los cuidados y funciones pedagógicas de los Párvulos.

             En caso de ser necesario por razones de entregar información o requerir información del párvulo, se coordinarán entrevistas con los padres o

 

apoderados, vía agenda escolar, vía telefónica o correo electrónico. En caso de no poder asistir, se solicita informar con anticipación a la docente a cargo para reagendar la entrevista.

             Las reuniones de apoderados serán comunicadas por la agenda escolar a través de una circular, Esta indicará día, hora y lugar del encuentro (presencial u online).

             Las entrevistas con la Dirección se deben solicitar con antelación vía correo, no obstante, el horario de preferencia es de 15:30 a 18:00 hrs. De lunes a viernes.

  • Dirección: direccion@jardininfantilkimn.cl
  • Secretaria: secretaria@jardininfantilKimn.cl

 

 

9.9         SALIDAS PEDAGÓGICAS

 

             La salida de los estudiantes del establecimiento de carácter pedagógico, se encuentran planificadas en el Calendario Anual Escolar para determinados niveles, generalmente Medio Mayor y Pre Kínder.

             Para ello se solicita la autorización escrita de los padres o apoderado del alumno, sin la cual el niño(a) permanece en el establecimiento.

             Las salidas programadas por temario anual pueden ser modificadas o anuladas según criterios de docentes y/o fuerza mayor, lo cual se informa oportunamente.

             Para la salida pedagógica, se sigue un protocolo que apunta a la seguridad en todo momento de los alumnos y docentes.

 

 

9.10      ADMISIÓN Y MATRICULA

Anualmente la Dirección del Jardín informa a los apoderados antiguos las fechas de inicio del proceso de matrícula, para aquellos apoderados que tengan interés en continuar en el establecimiento para el año lectivo siguiente. Para ello, se utilizarán los medios de comunicación habituales para consultar su intención de matrícula.

El proceso de matrícula lo lleva a cabo la Dirección en conjunto con Secretaría del establecimiento. Para ello se deberá consignar:

 

             El párvulo ingresara al nivel correspondiente de acuerdo a la edad, cumplida al 31 de marzo del año escolar en curso (según disposición MINEDUC).

             Los apoderados deben completar la “Ficha Personal del Párvulo” adjuntando los siguientes antecedentes: –

 

  • certificado de nacimiento-
  • certificado de pediatra donde acredite que la salud del párvulo es compatible con las actividades del jardín
  • dos fotografías tamaño carnet del alumno.

             El apoderado informa al establecimiento mediante un Formulario de Seguro de Accidente Escolar, si utilizará el Seguro Gratuito Obligatorio o uno particular (se debe comprobar la obtención de éste último con la presentación de un certificado emitido por la entidad aseguradora).

             Si el alumno es retirado antes que se cumpla el mes de ingreso, el jardín restituirá los materiales de la lista de útiles, exceptuando los útiles de aseo, excepto la matrícula. Posterior a dicha fecha se devolverán solo los objetos personales.

             La Sala Cuna y la Escuela de Párvulos KIMN tienen sus puertas abiertas a todos los alumnos que deseen ingresar al establecimiento. Sin embargo, en casos especiales de alumnos que requieren atención diferencial, la cual no es la línea educacional del establecimiento, ello se informará a los padres o apoderados al momento de matricular a fin que se harán todos los esfuerzos al alcance de los docentes para apoyar al niño(a) en su desarrollo educativo formal.

             En caso que padres o apoderados del alumno(a) requieran el cambio de la jornada inicialmente pactada con el establecimiento, primeramente se debe coordinar con la Dirección quien revisará la disponibilidad correspondiente. En caso de ser ello posible, ésta realizará todas las gestiones para efectuar el cambio y señalará la fecha de inicio del mismo y los aspectos contractuales relacionados.

             Cuando el Alumno (a) es retirado una vez concluida la jornada pactada con el Establecimiento, ya sea mañana o tarde, se cobrará una multa de $2.000 los 5 minutos, agregándose $2.000 más por cada 5 minutos de atraso. La Docente que entrega el Alumno, registrará en el Libro correspondiente, los datos y el nombre y firma de quien retira al Niño (a), para los efectos administrativos y contables que haya lugar.

             Se dará prioridad a alumnas y alumnos antiguos cuyos padres o apoderados deseen permanecer en el establecimiento, en fechas que se informarán oportunamente. Concluido dicho lapso de tiempo, se abre la opción para matricular alumnos nuevos en las vacantes disponibles.

 

9.11      ADAPTACION DEL PÁRVULO

El proceso de adaptación busca respetar el ritmo de adecuación del niño o niña (Párvulos nuevos). La educadora y el equipo pedagógico acompaña este proceso el cual es reforzado desde el hogar, de manera de que paulatinamente niños y niñas se vayan adaptando socialmente y afianzando lazos de confianza.

 

             La adaptación dura una semana (dependerá de cada niño y niña) proceso el cual comienza con una hora al día para posteriormente ir aumentando paulatinamente. Por ejemplo: lunes 1 hora, martes 2 horas, miércoles 3 horas y así sucesivamente.

                             Se destinarán dos semanas del mes de marzo, para realizar la evaluación diagnóstica en los respectivos niveles.

             Si el niño o niña manifiesta alguna necesidad de atención, siempre será asistido por algún integrante del equipo pedagógico del nivel.

             En casos especiales alumnos antiguos pueden requerir una readaptación, a causas de ausencias prolongadas al Establecimiento.

 

9.12      SALUD DEL PÁRVULO

             Si el alumno no puede asistir a clases por enfermedad, el apoderado deberá dar aviso a educadora correspondiente del nivel, informando tipo de patología y tiempo de reposo.

             Todo alumno que se reintegre al jardín después de haber estado enfermo deberá acompañado con respectivo certificado médico que acredite el alta médica.

             En caso de que el apoderado requiera administración de medicamentos durante su jornada en el establecimiento, deberá etiquetar el fármaco con el nombre del menor, dosis y hora, además de su respectiva receta médica. Sin este documento esencial, el establecimiento se ve impedido legalmente de suministrar fármacos a los alumnos.

             Si el alumno, durante la jornada escolar, presenta síntomas que indiquen deterioro de su salud, la Dirección informará al apoderado para que concurra al establecimiento con el fin de retirar al alumno y llevarlo a que reciba atención médica. .

             Si el apoderado concurre al jardín con un alumno evidentemente enfermo no podrá ser recibido, ya que, el establecimiento no posee personal, instalaciones ni equipamiento sanitario para situaciones de complejidad y contingencia mayor de salud.

             En caso de detectarse pediculosis, la orientación al apoderado será realizar el respectivo tratamiento en casa y al volver se hará revisión de su cabello nuevamente.

             En caso de sufrir algún accidente durante la jornada se debe activar el protocolo de accidente escolar dependiendo cual sea el tipo LEVE O GRAVE.

 

 

9.13      UNIFORME, CAMBIO DE ROPA Y MUDAS.

 

             Uniforme: Es importante que madres, padres o apoderados sean informados antes de matricular que el establecimiento emplea el uso de Delantal de forma diaria en niños y niñas, y Buzo con polera para las salidas extraprogramáticas o para días en que sean solicitados. Todas las prendas deben estar marcadas con el nombre del alumno y apellido.

 

             Cambio de ropa: la Dirección o Educadora de Nivel coordina con la madre, padre o apoderada (o) una muda de ropa en caso de que la niña o el niño tenga un inconveniente que requiere hacer el cambio. Asimismo, deben autorizar expresamente al Establecimiento para que se realice el cambio de ropa y se realice higiene en el alumno o alumna.

 

             Cambio de pañales: madre, padre o apoderados debe hacerse responsable de enviar pañales y dar aviso de alguna restricción en su muda, como el no uso de toallitas húmedas o alguna alergia. El proceso será efectuado bajo condiciones de seguridad, cuidado e higiene para niños y niñas.

 

9.14      ALIMENTACION

 

             Aquellos casos en que algún párvulo necesite alimentación especial deben enviar certificado del especialista donde acredite dicha situación.

             En caso de lactantes, la leche enviada al establecimiento debe venir sellada y rotulada (nombre, dosis y fecha de vencimiento).

             No se pueden recibir y tampoco enviar comida preparada externamente.

             Mamaderas enviadas son de uso exclusivo de lactantes en el establecimiento, estas no pueden ser enviadas a casa.